Skip navigation links Sitemap | About us | FAQs

UN Programme on Disability   Working for full participation and equality

Back to: First Session of the Ad Hoc Committee
Documents of the First Session

A/AC.265/WP.3 Español | English | Français

Ad Hoc Committee on a Compressive and Integral International Convention on Protection and Promotion of the Rights and Dignity of Persons with Disabilities
New York, 29 July-9 August 2002

Convención amplia e integral para promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad

Documento de posición presentado por la República Popular China

1. Proteger los derechos de las personas con discapacidad, respetar su valor y aprovechar su potencial son indicadores importantes de civilización y progreso. Las personas con discapacidad deben gozar de los mismos derechos que las personas sin discapacidad, y su causa debe ser motivo de interés general.

2. Las personas con discapacidad quieren participar en la vida social; procuran fortalecerse e independizarse y son capaces de hacer una contribución a la sociedad, cuya riqueza espiritual y material ayudan a generar.

3. Las personas con discapacidad constituyen un grupo vulnerable; en general su existencia sigue caracterizándose por el rechazo y la marginación. Es preciso adoptar leyes y medidas para salvaguardar los derechos de las personas con discapacidad y crear un sistema mejor de legislación a fin de promover la igualdad, la participación y la convivencia.

4. Al formular las políticas educacionales, de rehabilitación, de empleo y de seguridad social para las personas con discapacidad, todos los países deben tener plenamente en cuenta sus características y necesidades específicas, y velar por que las cuestiones relacionadas con esas personas se reflejen en planes económicos y sociales amplios a nivel nacional.

5. Todos los países deben prestar particular atención a lo siguiente:

a) Mejorar la calidad general de vida de las personas con discapacidad;

b) Ofrecer a las personas con discapacidad oportunidades de educación, capacitación, empleo remunerado y participación en la formulación de políticas a todos los niveles;

c) Eliminar todas las actitudes sociales discriminatorias hacia las personas con discapacidad y todos los obstáculos en las esferas de la información, el derecho y la infraestructura básica entre otras;

d) Aumentar las asignaciones de recursos para garantizar la participación equitativa de las personas con discapacidad.

6. Los problemas de las personas con discapacidad son problemas sociales y también de desarrollo. El ejercicio de muchos de los derechos de las personas con discapacidad sólo se puede realizar mediante el desarrollo social.

7. Los instrumentos internacionales aprobados por las Naciones Unidas, tales como el Programa de Acción Mundial para los Impedidos y las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, han sido de gran importancia para promover los derechos de esas personas y mejorar su situación. Esos instrumentos seguirán siendo parte integral de los principios rectores indispensables relacionados con la causa de las personas con discapacidad.

8. La redacción de una convención sobre los derechos de las personas con discapacidad se ajusta a las tendencias de progreso y desarrollo social de la humanidad y satisface las demandas de los 600 millones de personas con discapacidad del mundo. La comunidad internacional debe dar gran prioridad a la formulación de las disposiciones del proyecto de convención, y participar activamente en ella.

9. Alrededor del 80% de las personas con discapacidad viven en los países en desarrollo, donde la mayoría de las personas sigue viviendo en la pobreza. El proyecto de convención que se examina se debe centrar en la situación y las dificultades especiales de las personas con discapacidad en los países en desarrollo y reflejar las justas demandas de esos países.

10. La convención debe ser un documento programático que proporcione orientación amplia para todos los países, promueva la adopción de un criterio positivo y práctico y establezca disposiciones y medidas efectivas.

11. El Gobierno de China concede gran importancia a la causa de las personas con discapacidad y apoya la redacción por parte de las Naciones Unidas de una convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Se propone hacer todo lo que esté a su alcance en la tarea de formular una convención y alcanzar los objetivos de igualdad, participación y convivencia para las personas con discapacidad.

12. La comunidad internacional debe cooperar en las cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad sobre la base del principio de intercambio de experiencias e igualdad de beneficios. Los países desarrollados deben ser indulgentes respecto de los bajos niveles económicos de los países en desarrollo y su deficiente situación en materia de seguridad social y deben adoptar medidas concretas para prestar a los países en desarrollo el apoyo y la asistencia financiera necesarios para ayudarlos a resolver con éxito los problemas de las personas con discapacidad.

13. Los esfuerzos mancomunados de todos los países en pro de la causa de las personas con discapacidad permitirá que esas personas compartan los logros culturales y materiales del mundo con el resto de la humanidad.

Return to top

 

 


Home | Sitemap | About us | FAQs | Contact us

© United Nations, 2007
Department of Economic and Social Affairs
Division for Social Policy and Development