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UN Programme on Disability   Working for full participation and equality

A/RES/59/198
Original: ingles
22 de marzo de 2005

 

Quincuagésimo noveno período de sesiones
Tema 105 b) del programa

Resolución aprobada por la Asamblea General

[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/59/503/Add.2)]

 

59/198 Comité Especial encargado de preparar una convención
internacional amplia e integral para proteger y promover
los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad

 

La Asamblea General,

Recordandosu resolución 56/168, de 19 de diciembre de 2001, por la que de cidió establecer un comité especial, abierto a la participación de todos los Estados Miembros y observadores de las Naciones Unidas, para que examinase las propuestas relativas a una convención internacional amplia e integral para promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad, sobre la base de un enfoque holístico de la labor realizada en las esferas del desarrollo social, los derechos humanos y la no discriminación y teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos y de la Comisión de Desarrollo Social,

Recordando tambiénsu resolución 58/246, de 23 de diciembre de 2003, así como las resoluciones pertinentes de la Comisión de Desarrollo Social y la Comisión de Derechos Humanos,

Reafirmando la universalidad, indivisibilidad e interdependencia de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, así como la necesidad de garantizar a las personas con discapacidad su pleno disfrute sin discriminación ,

Convencida de la contribución que a ese respecto podría hacer una convención, y alentada por el mayor apoyo de la comunidad internacional a una convención de esta naturaleza,

Destacando la importancia de que las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y las instituciones nacionales de derechos humanos participen activamente en los trabajos del Comité Especial, así como su valioso aporte a la promoción del ple no disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales por las personas con discapacidad,

Subrayando la importancia de la participación de la Relatora Especial sobre dis capacidad de la Comisión de Desarrollo Social en la labor del Comité Especial,

Reconociendo las importantes contribuciones que todas las partes interesadas han hecho hasta ahora al Comité Especial,


1. Acoge con beneplácito el informe del Comité Especial encargado de preparar una convención internacional amplia e integral para proteger y promover los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad;1

2. Pide al Secretario General que transmita el informe del Comité Especial a la Comisión de Desarrollo Social en su 43° período de sesiones y a la Comisión de Derechos Humanos en su 61° período de sesiones, y pide asimismo a ambas Comisiones que sigan contribuyendo a la labor del Comité Especial;

3. Acoge con satisfacción el comienzo de las negociaciones sobre un proyecto de convención por parte del Comité Especial en su tercer período de sesiones, según lo solicitado en su resolución 58/246, y los avances logrados hasta el momento en dichas negociaciones;

4. Invita a los Estados Miembros y a los observadores a que sigan participando activa y constructivamente en la labor del Comité Especial con miras a ultimar en breve el texto de un proyecto de convención, a fin de presentarlo la Asamblea General, con carácter prioritario, para su aprobación;

5. Decide que el Comité Especial celebre en 2005, dentro de los límites de los recursos existentes y antes del sexagésimo período de sesiones de la Asamblea General, dos períodos de sesiones de una duración de 10 días laborables cada uno, del 24 de enero al 4 de febrero y en julio/agosto, respectivamente;

6. Subraya la importancia de seguir estrechando la cooperación y la coordi nación entre la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la Secretaría para proporcionar apoyo técnico a la labor del Comité Especial y, a este respecto, los invita a facilitar, con anterioridad a las reuniones del Comité Especial, documenta ción de antecedentes para ayudar a los Estados Miembros y observadores en la negoc iación de un proyecto de convención, y organizar, en estrecha relación y sincronía con las reuniones del Comité Especial y el lugar donde éstas se celebren, reuniones de expertos y seminarios relativos al proyecto de convención, dentro de los límites de los recursos existentes;

7. Pide al Secretario General que continúe proporcionando al Comité Especial los servicios necesarios para el desempeño de sus funciones y, a este respecto, invita al Secretario General a que reasigne al Programa de las Naciones Unidas sobre discapacidad recursos que le permitan prestar apoyo a las negociaciones de un proyecto de convención;

8. Destaca la necesidad de tomar disposiciones adicionales para que todas las personas con discapacidad puedan tener un grado de acceso razonable a las instalaciones y la documentación en las Naciones Unidas, de conformidad con su decisión 56/474, de 23 de julio de 2002;

9. Alienta a los Estados Miembros a que sigan incluyendo a personas con discapacidad y/o expertos en la materia en las delegaciones que envíen a las reuniones del Comité Especial;

10. Insta a los Estados Miembros, los observadores, la sociedad civil y el sector privado a que hagan contribuciones al fondo voluntario establecido en virtud de su resolución 57/229, de 18 de diciembre de 2002, con el fin de financiar la participación de organizaciones no gubernamentales y los expertos de países en desarrollo, en particular de países menos adelantados, en los trabajos del Comité Especial;

11. Pide al Secretario General que difunda ampliamente entre las organizaciones no gubernamentales toda la información disponible sobre los procedimientos de acreditación, las modalidades y las medidas de apoyo para su participación en la labor del Comité Especial, así como los criterios aplicables a la asistencia financiera que puede obtenerse a través del fondo de contribuciones voluntarias;

12. Pide también al Secretario General que en su sexagésimo período de sesiones le transmita un informe completo del Comité Especial y le presente un informe sobre la aplicación de los párrafos 6, 7, 8 y 11 de la presente resolución.

 

74ª sesión plenaria
20 de diciembre de 2004


1. Véase A/59/360 .

 


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