Discurso del Excelentísimo señor Miguel D'Escoto Brockmann, Presidente de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la clausura del Diálogo Temático interactivo sobre la responsibilidad de proteger

Nueva York, 28 de julio de 2009

Excelencias,
Señores representantes del sistema de las Naciones Unidas,
Amigos todos,

Hemos llegado al final de estas importantes deliberaciones sobre el complejo y polémico concepto de la responsabilidad de proteger, deliberaciones que comenzaron el martes pasado cuando el Secretario General presentó sus recomendaciones sobre la aplicación de dicho concepto. Algunos de los asistentes a estas deliberaciones, que incluyeron un diálogo temático interactivo especial celebrado el jueves por la mañana, han comentado que este ha sido tal vez el debate más intenso y amplio que se haya celebrado hasta la fecha sobre el tema de la responsabilidad de proteger. Estoy de acuerdo, y considero muy apropiado que este debate haya tenido lugar en el seno de la Asamblea General.

Creo que estamos de acuerdo en que debemos proseguir con este diálogo aquí en la Asamblea General y que, dados el alcance y diversidad de las opiniones, preocupaciones y reservas expresadas por los Estados Miembros y nuestro extraordinario panel de expertos, cabe afirmar que estamos lejos de alcanzar un consenso acerca de cómo llevar el principio de la responsabilidad de proteger de la teoría a la práctica, y más lejos aún de un acuerdo sobre la integración de este principio en el derecho internacional.

Este debate ha sido precedido de una seria labor intelectual, plasmada, entre otros, en el documento final de la Cumbre Mundial 2005, el informe del Grupo de alto nivel sobre las amenazas, los desafíos y el cambio, el informe del anterior Secretario General titulado "Un concepto más amplio de la libertad", el informe del Secretario General actual titulado "Hacer efectiva la responsabilidad de proteger" y la labor de la Comisión de Derecho Internacional y de expertos juristas, así como los fallos de la Corte Internacional de Justicia. La nota conceptual se basó en esta labor jurídica previa.

También quisiera agradecer al panel de expertos y estadistas -Gareth Evans, Noam Chomsky, Jean Bricmont y Ngugi wa Thiong´o- que crearon el marco para estas deliberaciones con el diálogo temático interactivo que tuvo lugar la semana pasada. Tenemos una deuda con cada uno de ellos por honrar a las Naciones Unidas con su presencia y sus estimulantes aportaciones.

Durante los últimos días, hemos escuchado muchos puntos de vista diferentes, a través de más de 90 declaraciones de Estados Miembros. Sus razonadas intervenciones reflejan el gran interés que revisten para ustedes este concepto y el problema real que se pretende corregir con él.

Ustedes han hecho lo que se les pidió en el documento final de la Cumbre Mundial 2005: seguir examinando esta cuestión y todas sus consecuencias. Al mismo tiempo, el documento de la Cumbre establece que todo acto realizado en virtud del Capítulo VII debe ajustarse a lo dispuesto en la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional, y considerarse a la luz de cada caso en particular. La mayoría de los Estados Miembros han confirmado que ésta es su opinón. Todo acto de coacción debe realizarse conforme a las disposiciones en materia de seguridad colectiva que figuran en la Carta de las Naciones Unidas y llevarse a cabo únicamente en caso de amenaza inmediata a la paz y seguridad internacionales.

Teniendo presentes estas consideraciones sobre la intervención militar y la soberanía, estamos unidos en nuestra convicción de que la comunidad internacional ya no puede permanecer callada ante el genocidio, la depuración étnica, los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad.

Muchos Estados Miembros, así como varios panelistas, hablaron de las enseñanzas que nos ofrece la historia, y llegaron a la conclusión de que no podemos eludir la cuestión de la reforma del Consejo de Seguridad ni la cuestión del veto. Asimismo, muchos Estados Miembros hablaron de las causas profundas de las situaciones en que cabe apelar a la responsabilidad de proteger y subrayaron que es urgente abordar los problemas relacionados con el desarrollo.

Algunos Estados Miembros también expresaron gran preocupación ante la posibilidad de que las Naciones Unidas se lancen a aplicar el principio de la responsabilidad de proteger tal y como está formulado actualmente. A la hora de actuar cuando los gobiernos fracasan en su intento de proteger a sus poblaciones, no podemos caer en dobles raseros que a la larga vayan a empañar la credibilidad del derecho internacional y de las Naciones Unidas.

Como señalé en mi discurso de apertura, los defensores del principio de la responsabilidad de proteger abogan por la aplicación de este concepto con sus mejores intenciones. Comparto su compromiso de fortalecer las Naciones Unidas, pues son estas la última y mejor esperanza que tenemos de poder preservar nuestra humanidad común y nuestra Madre Tierra. Pero está claro que las reservas planteadas por muchos Estados Miembros en cuanto a las formas de garantizar verdaderamente nuestra seguridad colectiva deben ser objeto de mayores deliberaciones en el seno de la Asamblea General.

Muchos de ustedes han recalcado los motivos por los cuales tantos de nosotros dudamos en apoyar esta doctrina y las aspiraciones que refleja. Una serie de intervenciones recientes que se saldaron con resultados desastrosos han dado a los países en desarrollo poderosas razones para temer que se pueda llegar a hacer un uso indebido de motivaciones loables, como tantas veces ha ocurrido en el pasado, para justificar intervenciones contra Estados más débiles. Debemos tener en cuenta la falta de confianza que impera en la mayoría de los países en desarrollo en lo que respecta al uso de la fuerza para fines humanitarios.

Parece que podríamos encontrarnos en terreno más firme, pues hay una clara mayoría de Estados Miembros a favor de un enfoque que nos ayude a centrarnos en impedir que ocurran esas situaciones de crisis, no solo mediante su gestión, sino también mediante la lucha contra sus causas subyacentes. Muy a menudo, dichas causas tienen que ver con la pobreza, el subdesarrollo y la exclusión social. Así pues, debemos analizar con la debida atención el potencial real de la acción preventiva de las Naciones Unidas. Hemos de evitar dar la impresión de que existe una continuidad entre los medios diplomáticos, la coacción y finalmente el uso de la fuerza.

Quisiera también recordarles los parámetros de referencia que propuse en mi discurso de apertura para evaluar el verdadero valor del principio de la responsabilidad de proteger.

En primer lugar: cabe preguntarse si las reglas se aplican en principio, y si es probable que se aplicaran en la práctica, a todos los Estados-nación por igual, o si lo más probable es que solo fueran aplicadas por los fuertes contra los débiles.

En segundo lugar: ¿podemos estar seguros de que la adopción del principio de la responsabilidad de proteger en la práctica de la seguridad colectiva reforzará, en lugar de perjudicar, el respeto del derecho internacional?

En tercer lugar: ¿es necesaria la doctrina de la responsabilidad de proteger y, a la inversa, garantiza que los Estados intervendrán para impedir que se repitan situaciones como la que se vivió en Rwanda?

Y en cuarto lugar: en caso de que se apruebe el principio de la responsabilidad de proteger, ¿tenemos la capacidad de exigir responsabilidades a quienes abusen del derecho que ese principio otorgaría a los Estados-nación de recurrir al uso de la fuerza contra otros Estados?

De las declaraciones hechas por los Estados Miembros cabe deducir que estos puntos, todos ellos relacionados con el uso de la fuerza armada para la aplicación de la responsabilidad de proteger, siguen, en el mejor de los casos, sin aclararse.

Creo que mi opinión personal, que expresé en mi discurso de apertura, también ha quedado reflejada en las declaraciones de muchos Estados Miembros: la responsabilidad de proteger es, y debería seguir siendo, un objetivo y una aspiración importantes. Todos deberíamos estar dispuestos a apoyar la acción colectiva, no solo para preservar la paz internacional sino para garantizar un nivel mínimo de seguridad en todas sus dimensiones, entre ellas, y especialmente hoy, la dimensión económica. Pero sí tenemos que asegurarnos de que contamos con todos los elementos necesarios para hacer de esta una norma jurídica viable y coherente.

Hay muchas formas de mejorar nuestro sistema de seguridad colectiva y muchas formas de mostrar nuestra solidaridad y preocupación por todos los seres humanos. Asegurémonos de que estamos reconstruyendo nuestro sistema de seguridad colectiva, actualmente dañado, y, dando ejemplo de generosidad y flexibilidad al reparar nuestra arquitectura y nuestro sistema económico mundial fallidos, demostremos que realmente estamos preparados para construir un mundo mejor.

En general, las Naciones Unidas ya disponen de los instrumentos institucionales necesarios para afrontar esos retos. No obstante, varias limitaciones de carácter político han impedido que se haya aprovechado al máximo su capacidad para promover una auténtica seguridad humana. Creo que este diálogo ha contribuido a que alcancemos un acuerdo sobre las medidas urgentes que se necesitan para afrontar esos retos y fortalecer las Naciones Unidas a fin de que puedan cumplir sus mandatos.

Sigamos buscando soluciones que permitan proteger verdaderamente a nuestra población para que pueda vivir en condiciones de prosperidad y dignidad.

Gracias.

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