I. Introducción
1. En el presente
informe se exponen los resultados del cuarto examen y evaluación quinquenal del Programa
de Acción Mundial para los Impedidos (A/37/351/Add.1 y Add.1/Corr.1, anexo, sección
VIII, recomendación I (IV)), aprobado por la Asamblea General en su resolución 37/52, de
3 de diciembre de 1982. El informe se presenta en cumplimiento de las resoluciones de
la Asamblea General 56/115, de 19 de diciembre de 2001, y 52/82, de 12 de diciembre de
1997, en las que la Asamblea decidió que en el siguiente examen y evaluación, realizado
en 2002, se examinaran los problemas normativos socioeconómicos más importantes
relacionados con la igualdad de oportunidades, en particular a) la accesibilidad,
b) los servicios sociales y las redes de protección social, y c) el empleo y los
medios de vida sostenibles.
2. El examen actual
tiene tres objetivos: a) informar sobre los progresos logrados en la aplicación de la
resolución 56/115 de la Asamblea General, b) examinar y evaluar las tendencias de las
políticas y programas en lo relativo a la discapacidad desde el último examen realizado,
y c) presentar recomendaciones para promover los objetivos del Programa Mundial: plena
participación de las personas con discapacidad en la vida social y el desarrollo, e
igualdad. En el informe se presentan conclusiones y recomendaciones para la adopción de
medidas que ha de examinar la Asamblea. En el anexo del informe figura una sinopsis de las
recientes actividades normativas y programáticas de los gobiernos, las organizaciones
internacionales, el sistema de las Naciones Unidas y la comunidad no gubernamental para
promover la plena participación y la igualdad de las personas con discapacidad.
II. Progresos logrados en la aplicación
3. Los datos
disponibles indican un apoyo generalizado a las metas y objetivos del Programa de Acción
Mundial y a la orientación suministrada por las Normas Uniformes sobre la igualdad de
oportunidades para las personas con discapacidad [1] para la
formulación, planificación y evaluación de políticas y la elaboración de leyes
nacionales en las que se tenga en cuenta la discapacidad. Sin embargo, los gobiernos no se
han pronunciado todavía sobre el proyecto de suplemento de las normas uniformes, que
figura en el anexo del tercer informe de supervisión del Relator Especial sobre
Discapacidad de la Comisión de Desarrollo Social (véase E/CN.5/2002/4). De conformidad
con la resolución 2002/26 del Consejo Económico y Social, de 24 de julio de 2002, la
Comisión del Desarrollo Social estudiará las opiniones de los gobiernos sobre el
propuesto suplemento en su 42° período de sesiones, que se celebrará en 2004.
4. En el presente
informe se analizan los progresos en función de los instrumentos, estructuras y
capacidades establecidos para fomentar la igualdad de oportunidades por, para y con las
personas con discapacidad. Una novedad importante del período objeto del examen fue la
propuesta relativa a una convención amplia e integral sobre los derechos de las personas
con discapacidad que hizo México a la Asamblea General en su quincuagésimo sexto
período de sesiones. Durante el período examinado mejoró la base cuantitativa para la
evaluación de los progresos por lo que se refiere a los métodos y a la disponibilidad de
datos sobre discapacidad, pero sigue habiendo tales diferencias con respecto a los
conceptos y la terminología relativos a la discapacidad que no es posible efectuar
comparaciones entre unos países y otros. Se ha reconocido que los informes de
supervisión de la aplicación presentados por el Relator Especial sobre Discapacidad
(véanse A/52/56, E/CN.5/2000/3 y E/CN.5/2002/4) suponen una aportación importante y
valiosa al diálogo sobre políticas. El Relator Especial presentó también propuestas
para lograr una mayor correspondencia entre la supervisión de la aplicación de las
Normas Uniformes, por lo general a intervalos de tres años, y los exámenes quinquenales
de los progresos logrados en la aplicación del Programa Mundial.
A. Marco estratégico
5. La conclusión
general del presente y examen y evaluación es el firme compromiso de los gobiernos de
fomentar la igualdad de oportunidades y hacer respetar los derechos y dignidad de las
personas con discapacidad en el contexto del desarrollo. Son inevitables las diferencias
de énfasis y planteamiento, pero el compromiso básico es general. Ello no indica que la
continuación de los esfuerzos sea una respuesta suficiente. Los desafíos del desarrollo
apuntan a la necesidad de tratar el adelanto de las personas con discapacidad en un marco
amplio de derechos humanos y con arreglo a las próximas no las
mejores prácticas. Los imperativos operacionales son una acción positiva y
resultados concretos. Las recomendaciones para la ulterior adopción de medidas se
formulan en relación con el siguiente marco estratégico:
a)
La perspectiva de la discapacidad es un requisito previo esencial para elaborar y aplicar
con éxito criterios sostenibles respecto del desarrollo basados en los derechos. El gran
número, que va en aumento, de personas con discapacidad en la sociedad hace que esta
cuestión sea un componente esencial de la formulación, ejecución y supervisión de
programas. Si en los programas de desarrollo no se tiene en cuenta de qué manera pueden
tener acceso todas las personas que integran la sociedad a sus componentes estructurales,
lo más probable es que dichos programas fracasen. No se puede avanzar en el respeto de
los derechos humanos de todas las personas si no se tienen en cuenta las necesidades e
intereses individuales desde una perspectiva de discapacidad o funcional.
b) La perspectiva de la discapacidad exige un examen
de las políticas y programas basado en los principios integradores incorporados al
planteamiento universal. Uno de los componentes esenciales del planteamiento universal es
aceptar y celebrar la diversidad. Al tener en cuenta las necesidades de todos y promover
el funcionamiento positivo de todas las personas, las políticas y programas de alcance
universal producen beneficios que, además de superar las necesidades funcionales de las
personas tradicionalmente catalogadas de discapacitadas, se extienden a la sociedad en su
conjunto. Ahora bien, el fomento de opciones normativas y programas de alcance universal
no debería socavar los esfuerzos por realizar ajustes razonables en los casos en que no
resulte práctico reformular elementos de la sociedad con miras al funcionamiento positivo
de todos. Y tampoco el fomento de un planteamiento universal supone negar que existen
diferencias entre las personas; dichas diferencias deben reconocerse y asumirse.
c) La aplicación de la perspectiva de la discapacidad
exige también un nuevo planteamiento de la población de que se trata, lo que incluye los
diversos aspectos del nuevo universo de la discapacidad. La Clasificación
Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud (CIF) [2] ha adoptado un criterio universal para describir los fenómenos
relacionados con la discapacidad. La discapacidad se considera una interacción dinámica
entre las condiciones de salud y otros factores personales (la edad, el sexo, el nivel de
educación) así como factores del medio social y físico. La nueva utilización de la
discapacidad como término general indica un reconocimiento cada vez más frecuente de que
la búsqueda de una definición general de la discapacidad para identificar a una
población verdaderamente discapacitada puede resultar infructuosa. En un sentido
estricto, el concepto del nuevo universo de la discapacidad amplía el concepto de
población con discapacidades para incluir a personas con trastornos diversos como el
VIH/SIDA y el trastorno de la concentración. En un sentido más amplio, el concepto
reconoce la aplicabilidad de los problemas de la discapacidad a personas marginadas por
razones de género, raza, pobreza, condición de aborigen o una serie de otros factores.
Así pues, el fomento de la igualdad de oportunidades pasa a ser un objetivo para todas
las personas.
d) Para formular y aplicar con éxito políticas y
programas que beneficien a todas las personas es preciso realizar un examen específico y
sistemático de las cuestiones relativas a la accesibilidad. Del mismo modo que la
perspectiva de la discapacidad con arreglo a un planteamiento universal es un requisito
previo para los derechos humanos y el desarrollo, el examen sistemático de la
accesibilidad es un requisito previo esencial para alcanzar las metas y objetivos del
Programa de Acción Mundial y las esferas previstas para la igualdad de participación de
las Normas Uniformes [3]. La evaluación sistemática del acceso a las
instituciones sociales dirige especialmente la atención tanto hacia las condiciones como
hacia las circunstancias en las que todas las personas ejercen sus derechos humanos. Esa
evaluación contribuiría a un desarrollo económico y social sostenible y equitativo para
todos.
e) Para asegurar la accesibilidad del medio físico,
las instituciones, los servicios y las actividades de desarrollo deben centrarse en los
lugares en donde viven las personas. En muchos países la mayoría de la población sigue
residiendo en las zonas rurales, en donde los servicios para todos son muchas veces
escasos. La población rural está integrada en gran medida por personas de edad, muchas
de las cuales son mujeres de edad que viven solas como cabeza de familia superviviente. El
examen de los problemas rurales es de importancia decisiva para las personas con
discapacidad. También es especialmente importante la relación entre pobreza y
discapacidad, que debe estudiarse con arreglo a un marco de desarrollo territorial.
Además, por razones de eficiencia, si se incorporan los aspectos de la accesibilidad como
parámetro esencial del plan al comienzo del proceso de planificación, se aprovecha mejor
el tiempo que se ha de emplear en planificar y ejecutar programas y servicios públicos
que si se trata de incorporar esos aspectos posteriormente. Es raro que un planteamiento
de la prestación de servicios basado en soluciones rápidas resulte sostenible o
económico o contribuya a un desarrollo nacional equilibrado. Para promover con éxito
medios de vida sostenibles para las personas con discapacidad es necesario que éstas
participen plena y efectivamente y tengan mayor acceso a las oportunidades sociales y
económicas.
f) Es preciso utilizar un criterio holístico
para relacionar la discapacidad con los derechos humanos y la dignidad, los avances
tecnológicos y las iniciativas de desarrollo. Algunos de los componentes esenciales de
este criterio holístico están basados en partes de las Normas Uniformes que se centran
en pasar del acceso (artículo 5) a la educación (artículo 6) y el empleo (artículo 7)
adoptando políticas y programas de planteamiento universal. El aumento de las
oportunidades de educación y empleo para todos mediante el acceso al medio físico sirve
de base para un desarrollo social y económico sostenido y equitativo. Esa es la lógica
subyacente en la idea de que la discapacidad no es una condición que aísla sino una
experiencia normal de la vida por la que todos pueden pasar. Esto representa un cambio
importante en el paradigma de la discapacidad. La tecnología tiene una importante
función que desempeñar en el proceso de desarrollo social y económico. En particular,
las tecnologías relacionadas con la genética y los adelantos biomédicos plantean
cuestiones normativas, legislativas y éticas. Se han expresado opiniones sobre la
necesidad de vigilar los adelantos en el campo de la genética y la biomedicina para
asegurar que los avances tecnológicos y científicos no socaven los derechos humanos
individuales. En sentido general, la supervisión de las políticas y programas mundiales
relacionados con el adelanto de las personas con discapacidad que se centran en la
participación, el funcionamiento y la accesibilidad llevaría a una mejor utilización de
los recursos para avanzar hacia el logro de los objetivos del Programa de Acción Mundial
de plena participación e igualdad.
B. Recomendaciones
6. Cuando la Asamblea
General de las Naciones Unidas aprobó las Normas Uniformes en su resolución 48/96, de 20
de diciembre de 1993, el marco de referencia inicial de las políticas y programas era la
igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad. Al haber evolucionado el
paradigma de la discapacidad, la atención ha pasado a centrarse en la contribución de
las Normas Uniformes al fomento de la igualdad de oportunidades para todas las personas
sobre la base del principio de universalidad. Se reconoce cada vez más que para lograr
los objetivos del Programa de Acción Mundial de plena participación e igualdad es
preciso potenciar la participación de las personas con discapacidad. Para ello es
necesario que las personas con discapacidad no sean simplemente miembros de órganos y
comités consultivos sino que puedan ejercer control sobre decisiones que repercuten en
sus vidas y contribuyan al diálogo público sobre políticas y programas que se ven
afectados por esas decisiones. El fomento de la igualdad de oportunidades por las personas
con discapacidad exige que éstas tengan acceso a posiciones desde las que establecer y
aplicar políticas que tengan en cuenta la discapacidad, así como oportunidades de
alcanzar esas posiciones. El fomento de la igualdad de oportunidades con las personas con
discapacidad exige que se reconozca a éstas como colaboradores en la formulación y
aplicación de políticas y programas de desarrollo en un marco amplio de derechos
humanos. Estas son aspiraciones de todas las personas y han influido en la formulación de
este conjunto de recomendaciones sobre la igualdad de oportunidades.
7. Se presentan
recomendaciones con respecto a medidas relativas a opciones normativas para promover los
derechos de las personas con discapacidad en el contexto del desarrollo; los aspectos
sustantivos de los criterios principales para promover la igualdad de oportunidades; y la
mejora de la coordinación de las actividades del sistema de las Naciones Unidas.
1. Progresos realizados en la elaboración de un instrumento
internacional amplio
e integral sobre los derechos de las personas con discapacidad en el contexto
del desarrollo
8. La iniciativa de
México relativa a la elaboración de una convención amplia e integral sobre
los derechos de las personas con discapacidad, que la Asamblea General hizo suya en la
resolución 56/168 de 19 de diciembre de 2001, se presentó en el contexto del
programa mundial de desarrollo para asegurar que todos los ciudadanos tengan la
oportunidad de participar en la creación y distribución del desarrollo.
9. Debido a la
vinculación con el desarrollo mundial, la convención amplia e integral propuesta difiere
de otros instrumentos internacionales de derechos humanos. Una cuestión importante en
la elaboración de la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad
sería la de determinar opciones para incorporar la perspectiva de la discapacidad a los
instrumentos internacionales de desarrollo, como los objetivos de desarrollo del Milenio,
que no se ocupan específicamente de la situación de las personas con discapacidad y
proporcionar de esa forma una base normativa para el adelanto de las generaciones actuales
y futuras de personas con discapacidad en el contexto del desarrollo.
10. Dado que la discapacidad es una
condición que puede afectar a todos y en la que pueden influir una serie de variables
ambientales, el objeto de una convención amplia e integral es servir de marco de las
opciones para tratar la condición de discapacidad, sus consecuencias y las medidas para
promover y proteger los derechos de las personas con discapacidad. Esos aspectos no se
tratan de manera amplia e integral en los instrumentos internacionales existentes. Para
la elaboración de la convención deben servir de marco de referencia los principios
éticos y normas relativos al desarrollo mundial, como la determinación que figura en el
preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas de promover el progreso social y
elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad. En el
proceso de elaboración de la convención se debería tener en cuenta también la
necesidad de formular una definición apropiada de la discapacidad en la que se incluyera
a los miembros del nuevo universo de la discapacidad, promoviendo y protegiendo de esa
manera los derechos de todas las personas con discapacidad.
2. Prioridades normativas en lo relativo a la igualdad de
oportunidades
en el contexto del desarrollo
11. La Asamblea General, en el párrafo
4 de su resolución 52/82, de 12 de diciembre de 1997, aprobada en su quincuagésimo
segundo período de sesiones señaló tres prioridades en las actividades
encaminadas a fomentar la igualdad de oportunidades, a saber, la accesibilidad, los
servicios sociales y las redes de protección social, y el empleo y los medios de vida
sostenibles. Los datos disponibles indican que estas prioridades siguen siendo importantes
para promover la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad. El
Comité Especial establecido en virtud de la resolución 56/168 de la Asamblea tal vez
desee, a ese respecto, tener en cuenta esas prioridades en su labor.
a) Accesibilidad: En el primer período de
sesiones del Comité Especial se hizo gran hincapié en la accesibilidad, mediante ajustes
razonables, de las instalaciones y la documentación de las Naciones Unidas. El Comité
Especial tal vez desee tener en cuenta en su labor el aspecto de la accesibilidad del
medio físico. La rapidez de los cambios tecnológicos hace que la accesibilidad del
medio físico sea una cuestión compleja y una esfera en la que los análisis pueden dar
lugar a la determinación de problemas relacionados con la tecnología respecto
de los cuales la orientación normativa, legislativa o ética es escasa o no resulta
apropiada. El Comité Especial tal vez desee invitar a las partes interesadas y a los
expertos de los países a hacer las aportaciones pertinentes.
b) Servicios sociales y redes de protección social.
Varios de los objetivos de desarrollo del Milenio atañen a la promoción de los servicios
sociales y las redes de protección social para fomentar la igualdad de oportunidades para
las personas con discapacidad, sobre todo en relación con las Normas Uniformes, como, por
ejemplo, en relación con el objetivo prioritario de la rehabilitación de la pobreza, el
objetivo de promover la enseñanza primaria para todos; los objetivos de reducir la
mortalidad infantil y mejorar la situación de la salud materna y el objetivo de la lucha
contra el VIH/SIDA, que forma parte del nuevo universo de la discapacidad. El Comité
Especial tal vez desee estudiar posibles formas de que la situación de las personas con
discapacidad se beneficie de las distintas medidas de apoyo determinadas para la
aplicación de los objetivos de desarrollo del Milenio para 2015 sobre la base de la
igualdad con las poblaciones no discapacitadas.
c) Empleo y medios de vida sostenibles. El
empleo es un componente esencial del Programa de Acción Mundial y las Normas Uniformes.
Las políticas y programas de empleo deberían tener en cuenta la discapacidad y promover
la igualdad de oportunidades en relación con los no discapacitados, la formación
especializada en el desarrollo, los servicios técnicos y de divulgación, la información
sobre mercados y los incentivos del desarrollo y los mercados de capital. Existe, además,
una relación complementaria entre los progresos logrados en el fomento de la igualdad de
oportunidades en los servicios sociales, sobre todo en la educación, y los medios de vida
sostenibles. Será especialmente importante vigilar la aplicación de las disposiciones
relativas a la igualdad de protección en esas esferas. El Comité Especial tal vez
desee invitar a las partes interesadas y a los expertos a proporcionar información sobre
los progresos logrados en la preparación de acuerdos internacionales sobre empleo e
indicadores de los medios de vida, como, por ejemplo, la participación en la fuerza de
trabajo y las tasas de desempleo respecto de las personas con discapacidad. Los datos
necesarios para realizar esas actividades procederían de vigilar tanto la aplicación del
Convenio No. 159 sobre la readaptación profesional y el empleo de personas inválidas de
la Organización Internacional del Trabajo como los progresos realizados en la aplicación
de instrumentos de desarrollo mundiales como el Consenso de Monterrey de la Conferencia
Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo y el Programa de Desarrollo de
Doha. El Comité Especial quizá desee también obtener información sobre los progresos
realizados por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la
Cultura en la aplicación de la Declaración y el Marco de Acción de Salamanca y el Marco
de Acción de Dakar, así como sobre su labor técnica relativa a indicadores de la
educación, como las tasas de matrícula escolar, los logros educativos y las tasas de
alfabetización de las personas con discapacidad y la población no discapacitada. Sería
útil recibir información sobre nuevas orientaciones en los programas de transición de
la escuela al trabajo.
3. Progresos realizados en el fortalecimiento de la perspectiva de
la discapacidad en las actividades de cooperación técnica
12. El fomento de la capacidad nacional
es uno de los principales objetivos de las actividades de cooperación técnica del
sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo. Se ha hecho referencia con frecuencia
en resoluciones de la Asamblea General relativas a las personas con discapacidad, la
última de las cuales es la resolución 56/115, al papel de las actividades de
cooperación técnica del sistema de las Naciones Unidas, incluidas las instituciones
de Bretton Woods, en la creación de capacidad nacional de fomento de la igualdad de
oportunidades. Sin embargo, la incorporación de la perspectiva de la discapacidad a las
actividades de cooperación técnica del sistema de las Naciones Unidas sigue siendo una
excepción. Para promover una mayor coherencia, eficiencia y sostenibilidad de las
actividades del sistema de las Naciones Unidas encaminadas a fomentar las capacidades
nacionales, la Asamblea General tal vez desee considerar la posibilidad de determinar
opciones de política y esferas de acción que podrían utilizar los fondos y programas de
las Naciones Unidas para incorporar la perspectiva de la discapacidad a sus actividades y
hacer aportaciones al Comité Especial.
4. Progresos realizados en la elaboración de datos y
estadísticas generales sobre discapacidad
13. Ha habido progresos importantes en
la elaboración de conceptos y métodos estadísticos sobre discapacidad y en la
compilación de datos sobre discapacidad, según los definen los órganos estadísticos
nacionales u organizaciones análogas. Sin embargo, tras 20 años de cooperación
internacional para promover las metas y objetivos del Programa de Acción Mundial,
todavía no es posible presentar datos y estadísticas comparables sobre la prevalencia de
la discapacidad a nivel mundial o sobre las tendencias socioeconómicas de las personas
con discapacidad y los no discapacitados. Ello se debe a las variaciones en los métodos
de selección utilizadas para reunir y organizar datos sobre discapacidad procedentes de
diversas fuentes nacionales de reunión de datos. Para resolver el problema de lograr que
sean más comparables entre sí los datos nacionales sobre discapacidad, la División de
Estadística de la Secretaría de las Naciones Unidas preparó directrices relativas a la
reunión de datos sobre discapacidad como nuevo tema recomendado para la ronda de censos
de población y vivienda de 2000 [4]. En las recomendaciones se señalaba
que, debido a las limitaciones de espacio en un censo, había que centrarse en los
aspectos relativos a la discapacidad de la Clasificación Internacional de Deficiencias,
Discapacidades y Minusvalías de la Organización Mundial de la Salud [5],
mientras que los relativos a las deficiencias y las minusvalías se incluirían en los
datos de las encuestas por hogares. La División de Estadística publicó recientemente Guidelines
and Principles for the Development of Disability Statistics [6], que
se centra en el suministro de orientación técnica para la reunión, compilación y
difusión de estadísticas sobre personas con discapacidad. Con la aprobación por la
Asamblea Mundial de la Salud en 2001 de la Clasificación Internacional del
Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud,las recomendaciones relativas a la próxima
serie de censos de población y vivienda, que se proyecta que comience en 2005, tendrán
una base conceptual y sustantiva ampliada. La Asamblea General tal vez desee
proporcionar orientación sobre la importancia de adoptar medidas con urgencia para
mejorar los datos y las estadísticas sobre personas con discapacidad, de forma que puedan
compararse a nivel internacional a los efectos de la formulación, planificación y
evaluación de políticas desde la perspectiva de la discapacidad. La Asamblea tal vez
desee observar, a este respecto, las importantes contribuciones del Grupo de Washington
sobre Medición de la Discapacidad de la Comisión de Estadística (véase E/CN.3/2002/7).
La Asamblea tal vez desee también recomendar opciones para incorporar el fomento de la
capacidad nacional para mejorar los datos de los censos nacionales y las encuestas por
hogares desde la perspectiva de la discapacidad como consideración principal en las
actividades de cooperación técnica del sistema de las Naciones Unidas. Con respecto
al fomento de la igualdad de oportunidades y la promoción de los derechos de las personas
con discapacidad en el contexto del desarrollo, la Asamblea tal vez desee considerar la
posibilidad de determinar prioridades para la adopción de medidas relacionadas con
estadísticas e indicadores, asignando la máxima prioridad a los indicadores de la
educación y el empleo.
5. Progresos realizados en la mejora de la planificación y
coordinación de las actividades del sistema de las Naciones Unidas para
promover la igualdad de oportunidades
14. El Relator Especial sobre
Discapacidad de la Comisión de Desarrollo Social ha resaltado la importancia de los
intercambios sistemáticos de experiencias e ideas entre los órganos y las organizaciones
de las Naciones Unidas y los programas en la esfera de la discapacidad en cada uno de sus
informes sobre la aplicación (véanse A/52/56, E/CN.5/2000/3 y E/CN.5/2002/4). Ha
recomendado que el programa para las personas con discapacidad del Departamento de Asuntos
Económicos y Sociales, que es el centro de coordinación en materia de discapacidad de la
Secretaría de las Naciones Unidas, utilice tecnologías accesibles basadas en la
Internet, una esfera en la que el programa para las personas con discapacidad ha llevado a
cabo una serie de iniciativas experimentales en los países, y establezca un mecanismo
virtual de consultas interinstitucionales. En respuesta a esa recomendación, la División
de Política Social y Desarrollo del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales ha
creado una página de presentación, United Nations system and persons with
disabilities (http://www.un.org/esa/socdev/enable/rights/unandpwd.htm), para
proporcionar enlacesen formato accesible con recursos seleccionados de las Naciones
Unidasrelativos a políticas y programas mundiales sobre discapacidad, y otra página
complementaria, United Nations resources on disability available
on-line(http://www.un.org./esa/socdev/enable/rights/unpwdresources.htm#UNOtherResources),
como guía para el intercambio de información entre miembros seleccionados del sistema de
las Naciones Unidas. Otra iniciativa, a nivel técnico, para mejorar la planificación y
coordinación de las actividades del sistema de las Naciones Unidas encaminadas a fomentar
la igualdad de oportunidades, sería el compromiso de crear, a título experimental, un
portal para promover un diálogo abierto entre los miembros interesados del sistema de las
Naciones Unidas y de la sociedad civil. La Asamblea tal vez desee expresar su opinión
con respecto a las opciones y prioridades presentadas para fortalecer la planificación y
evaluación conjuntas de los resultados de las actividades del sistema para promover el
adelanto de las personas con discapacidad en el contexto del desarrollo.
Notas
[1] Resolución 48/96, anexo.
[2] Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 2001.
[3] Los artículos 5 a 12 de las Normas tratan, respectivamente, del
acceso, la educación, el empleo, el mantenimiento de los ingresos y la seguridad social,
la vida en familia y la integridad personal, la cultura, las actividades recreativas y
deportivas, y la religión.
[4] Secretaría de las Naciones Unidas, Principios y recomendaciones
para los censos de población y habitación (ST/ESA/SER.M/67/Rev.1), párrs. 2.258 a
2.277.
[5] Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 1980; esta
clasificación se utilizó antes de que la Asamblea Mundial de la Salud aprobara en 2001
la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud.
[6] ST/ESA/STAT/SER.Y/10 (publicación de las Naciones Unidas, número
de venta: E.01.XVII.15). |