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UN Programme on Disability   Working for full participation and equality

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Informe del seminario:

Capacitación sobre la Supervisión de la Implementación de las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad en America Central y El Caribe*

Santo Domingo, 14-17 de abril de 1998

* Este informe no ha sido editado formalmente. Las denominaciones empleadas en este informe y la forma en que aparecen presentados los datos que contiene son los de los autores y no entrañan de parte de la Secretaría de las Naciones Unidas.


Introducción

El seminario de capacitación sobre las Normas Uniformes tomó lugar del 14 al 17 de abril de 1998. Este fue organizado por la Organización Mundial de Personas con Discapacidad (OMPD) (http://www.dpi.org) con el apoyo del Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para la Discapaciadad y con la cooperación de la Asociación Dominicana de Rehabilitación y la participación de la Federación Dominicana de Personas con Discapacidad.

El Dr. Jaime David Fernández Mirabel, Vice-presidente de la República Dominicana, amablemente abrío el Seminario e hizo la presentación inaugural el 13 de abril de 1998.

El seminario fué una combinación de conferencias y talleres. Estuvo organizado básicamente en tres áreas: exploración del contenido de las Normas Uniformes, uso de información para la supervisión y métodos de abogacía. En paralelo se presentaron métodos de capacitación.

Como parte de la exploración del uso de información, se conducjo un grupo focal sobre el CIDDM-2 (ICIDH-Beta) con la metodología del OMS (anexo en Español y Inglés).

La Sra. Lucy Wong-Hernández, Directora Ejecutiva de la OMPD, coordino el Seminario.

El Seminario fue conducido por Associates for International Management Services (http://www.intlmgt.com), subcontratado para este proyecto.

El programa de trabajo del Seminario esta indicado en la pagina siguiente.

Programa de Trabajo
Día/fecha 9-10:30 11-12:30 14-15:30 16-17:30
Martes, 14 abril Apertura:

Directora Ejecutiva de OMPD

Representante de la Asociación Dominicana de Rehabilitación

Representante de la Federación Dominicana de Personas con Discapacidad

Introducción de los participantes

Discusión libre de las experiencias de la aplicación de las Normas

1. Introducción de las Normas: La Historia

Origines de las Normas

Proceso de Negociación

Sistema de Supervisión Actual

(Parte IV de las Normas)

2. El papel de la información en la supervisión

Como se utilizen los datos cuantitativos para supervisión

Principios de medición

Tipes de números

Conceptos de indices

Introducción al ICIDH

Definiciones en las Normas

Miercoles, 15 abril Grupo Focal: ICIDH

Estudio de prácticas actuales y necesidades.

Dos grupos para evaluar la inclusión de la realidad de la gente con discapacidad en el ICIDH, incluyendose los factores de medio ambiente.

3. Exploración de las Normas I

Presentación de las Normas, Parte III (Medidas)

Indicadores de implementación del Parte III

4. Exploración de las Normas II

Presentación de las Normas, Parte I (Requisitos para la Igualdad de Participación)

Jueves, 16 abril 5. Exploración de las Normas III

Presentación del contenido de las Normas, Parte III (Esferas Previstas para la Igualdad de Participación)

6. Taller sobre las Normas:

Dos a tres grupos para discutir la realidad de las normas en los paises. Resultado: lista de las normas mas importantes.

7. Presentación de los posibles indicadores y discusión

Introducción de métodos de recolección de datos.

Libre para visitas de estudio
Viernes, 17 abril 8. Taller sobre indicadores:

Uno o dos grupos para discutir indicadores de las normas mas importantes (identificado en el taller del jueves)

9. Introducción a la abogacîa

Papel de la abogacia

Instrumentos institucionales

"lobbying" (cabildeo)

Uso de mecanismos internacionales

Redes y alianzas

Reuniones y alianzas,

Papel de acciones proactivas

10. Presentación de las estrategias de los talleres.

Discusión del uso práctico de la información para la abogacía.

11. Discusión y acuerdo sobre un plan de accíon para la región.

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Preparaciones para el seminario

Una vez seleccionados los participantes, se les envío una carta de información con el siguiente texto:

"Preparación sustantiva

Pedimos a cada participante traer consigo alguna información nacional que utilizaremos en el seminario:

  • Una copia de las leyes principales que prohibe la discriminación contra personas con discapacidad;
  • Ejemplares de estadisticas nacionales sobre la discapacidad;
  • Ejemplos de proyectos cuya intención es eliminar barreras de accesibilidad.

También estamos incluyendo una copia de las Normas Uniformes. Le ruego leerlas con anticipación y preparar sus ideas sobre como se pueden aplicar en su pais."

El Seminario

El seminario está organizado para intercalar las presentaciones con talleres de grupos de trabajo. Las presentaciones incluyen preguntas para estimular una discusión abierta. Despues de la apertura, las Normas Uniformes estan presentados en cuatro etapas: su historia y sus mecanismos de supervisión, las medidas de implementación, los bases fundamentales y las políticas especificas. Este orden permite ver a las Normas como una unidad que tiene los aspectos tanto instrumentales como sustantivos. También se elimina mucha de la duplicación de material que inevitablemente las Normas, como documento negociado entre gobiernos, contiene.

Apertura

La sesión de apertura, además de explicar las metas del seminario, permite el desarrollo de un buen sentido de grupo. Las charlas introductorias por parte de los anfitrones motivan a los participantes y ponen en contexto los trabajos que se van a realizar.

Cada participante se introduce indicando su nombre, organización e interes en las Normas.

Luego, sigue una discusión abierta sobre la problemática de la discapacidad en sus paises. Esta discusión sirve como una buena introducción a la realidad que debe formar el contexto de la implementación de las Normas.

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Sesión 1. Introducción de las Normas

La primera sesión se trata del origen de las Normas como acuerdo de las Naciones Unidas y explica su estatus legal. Enfatiza la diferencia entre un documento normativa y una convención internacional. Despues, explica la estructura de supervisión de las normas.

La materia se encuentra en la presentación de PowerPoint anexo con el siguiente texto:


Las Normas Uniformes

Introducción

  • Examinar la realidad de las Normas
  • Explorar como se puede utilizar la información como arma de implementación
  • Hacer un plan para cursos de capacitación nacional

Agenda

  • El significado de las normas intenacionales
  • Los origines de las Normas Uniformes
  • El contenido de las Normas

Sobrevista

  • Comenzaremos con la historia y estatus de las Normas
  • Seguiremos con los conceptos y definiciones
  • Haremos un grupo focal sobre la ICIDH
  • Examinaremos el contenido comenzando con las medidas
  • Despues analizaremos como presionar a los gobiernos
  • Comenzando mañana tendremos un serie de talleres

¿Que es el estatus jurídico de las Normas?

  • Diferente a una convención
  • Aceptación no implica obligación formal
  • Obligación moral

Una convención

  • Un tratado multilateral
  • Un estado parte acepta todas las obligaciones escritas
  • Hay mecanismos formales de supervisión

¿Porque no hay una convención sobre la discapacidad?

  • Programa de Acción Mundial para los Impedidos
  • Revisión de l987 del Programa de Acción
  • Propuesta de María Rita Saule y Barbara Carlsson
  • Objeciones
  • Otros documentos ya servían
  • Habran problemas de ratificación

Pregunta: ¿es la misma situación con una convención Interaméricana?

Decisión de formular un texto normativo

  • OMPD y otras organizaciones lo pidieron como alternativa para una convención
  • Res. del ECOSOC 1990/26 otorga grupo de trabajo del CDS
  • Res. 32/2 del CDS establece grupo especial de trabajo

Contexto de las Normas

  • Enlace con el Programa de Acción del Decenio de la ONU para los Impedidos
  • Enlace on la Carta Internacional de Derechos Humanos
  • Especificar los derechos y obligaciones para asegurar la igualdad de oportunidades

Como formularon las Normas

  • Participación de personas con discapacidad
  • Reuniones en 1991 a 1993
  • Pocas mujeres
  • Debates principales
  • Sistema de supervisión

LAS NORMAS, PARTE IV. MECANISMO DE SUPERVISIÓN

  • Relator especial
  • Grupo de asesores
  • Comisión de Desarrollo Social

Relator especial

  • Individuo nombrado por el Consejo Económico y Social
  • Bengt Lindquist (Suecia, ex-parliamentario)
  • Funciones

procurará entablar un diálogo directo no sólo con los Estados sino también con las organizaciones no gubernamentales locales, y recabará sus opiniones y observaciones

  • prestará asesoramiento sobre la aplicación y supervisión de las Normas Uniformes,
  • presentará informes a la Comisión de Desarrollo Social.

Grupo de asesores

  • El relator debe ser ayudado por un grupo de asesores

integrado en su mayoría por personas designados por organizaciones internacionales de personas con discapacidad teniendo en cuenta los diferentes tipos de discapacidad y la necesaria distribución geográfica equitativa,

  • Designados de OMPD, Unión Mundial de los Ciegos, etc.
  • Celebrarán consultas (el próximo en junio, si hay fondos)

Comisión de Desarrollo Social

  • Vigilización de la implementación
  • Recomendaciones adicionales
  • Revisión periodica de las Normas

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Sesión 2. El papel de la información en la supervisión

La segunda sesión sugiere como se puede usar la información como herramienta para la supervisión. Es como un curso introductorio a la estadísdica y el análisis cuantitativo.

La materia se encuentra en la presentación de "PowerPoint":


El papel de la información en la supervisión

La información

  • La Arma principal del abogado
  • Hay que entender sus limites tanto como sus posibilidades
  • ¿Cuantos han estudiado las estadisticas u otros metodos cuantitativos?

Agenda

  • La medición: ¿Que es un número?
  • Como obtener números
  • Evaluando los números
  • Definiciones de las Normas Uniformes

Sobrevista

  • Usar la información con efectividad requiere que conozca n de donde viene n y que significan
  • Hay un famoso dicho del Primer Ministro Inglés Disaraeli:
  • Hay las mentiras, las mentiras grandes y las estadisticas.
  • Un famoso texto tiene por titulo "Como mentir con las estadisticas"

La Medición: ¿Que es un número?

  • Observación sistemática
  • Niveles de medición
  • Nominal
  • Ordinal
  • Intervalo
  • Limitaciones

Como obtener numeros

  • Censos
  • Encuestas
  • Consultas de registros
  • Analisis de contenido

Evaluando los números

  • Validez
  • Confiabilidad
  • Precisión

La validez

  • Una medida que mide lo que pretende
  • El elemento básico de los números

La confiabilidad

  • Es el grado en que la medida es sin error

La precisión

  • Es la relación del instrumento de medir con lo medido

Conceptos básicos

  • Medidas de tendencia central
  • Promedio
  • mediano
  • modo
  • Medidas de dispersión
  • varianza
  • desviación estandard

Muestreo

  • Selección de una población (o universo)
  • probabilidad de error conocida
  • al azar
  • estratificación

¿Como son las estadisticas sobre la discapacidad en su país?

  • Su origen
  • Su frecuencia
  • Su confiabilidad

¿Cuantas personas con discapacidad hay?

  • 10%
  • 20%
  • 30%

La respuesta depende a

  • como se define la discapacidad
  • como se consiguen los datos
  • ejemplo de niños con discapacidad en Mexico

Ahora tenemos que enfrentar la cuestión de definiciones

Como proceder

  • Ver unas definiciones claves
  • Examinar la estructura
  • Estudiar cada articulo con dos perspectivas:
  • Lo que dice y el porque
  • Que significa en nuestra realidad

Vocabulario

  • Discapacidad y minusvalía
  • Prevención
  • Rehabilitación
  • Logro de la igualdad de oportunidades

Discapacidad

  • Diferentes limitaciones funcionales
  • permanente o transitorio

No tan preciso como la Clasificación Internacional de Deficiencias, Actividades y Participación: Un Manual de la dimensión de las discapacidades y la salud (CIDDM-2)

  • Ni tan preciso como algunas leyes nacionales

Minusvalía

Minusvalía es la pérdida o limitación de oportunidades de participar en la vida de la comunidad en condiciones de igualdad con los demás

  • Describe la situación de la persona con discapacidad en función de su entorno

Discapacidad y Minusvalía en la CIDDM-2

la discapacidad se relaciona a los consecuentes cambios funcionales en el cuerpo del paciente, actividades personales y participación en la sociedad

  • deficiencia- resultado de una condición médica
  • actividad- limitación en la actividad
  • participación - limitación en la participación (antes minusvalía)

la Clasificación Internacional de Deficiencias, Actividades y Participación

(CIDDM-2)

¿De que se trata la CIDDM-2?

  • pertenece a la "familia " de las clasificaciones desarrolladas por la OMS para aplicación a varios aspectos de salud.

brinda un amplio rango de información acerca de la atención de salud (por ejemplo: diagnóstico, discapacidades, razones para contacto)

provee un lenguaje común estandarizado que posibilita la comunicación acerca de la salud y las atenciones de salud en todo el mundo en varias disciplinas y ciencias.

Finalidad de la CIDDM-2

La finalidad total de la clasificación del CIDDM-2 es brindar un lenguaje unificado y estandarizado que sirva como marco de referencia para las "consecuencias de las condiciones de salud".

¿Porque tener una clasificación?

  • Para actuar frente a una situación, hay que tener una base conceptual
  • para organizar información
  • para poder comunicar con otros
  • Es importante en la medicina
  • La Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE)

¿Que les significa la CIDDM-2?

  • La clasificación determina como los profesionales (médico, técnicos) veen a Uds.
  • Será base de la enseñanza e investigación
  • Influirá a las políticas y a los estereotípicos

Condición de salud

  • Concepto básico: consecuencias de una condición de salud

es una alteración o atributo del estado de salud de un individuo el cual puede conducir a distress, interferencia con las actividades diarias, o contacto con los servicios de salud

  • la condición se clasifica por la ICE, la consecuencia por la CIDDM

Las consecuencias distintas de la enfermedad

Un modelo para las consecuencias

Dos modelos

  • El modelo médico
  • ve al fenómeno de la discapacidad como un problema "personal",
  • directamente causado por una enfermedad, trauma o condiciones de salud,
  • los que requieren de cuidados médicos brindados en la forma de tratamiento individual por profesionales
  • El modelo social

ve el punto principalmente como un problema "social" desde el punto de vista de la integración de las personas con discapacidad en la sociedad

Estructura de la CIDDM-2

  • deficiencias (D),
  • actividades (A) y
  • participación (P)
  • concebidas como clasificaciones distintas pero paralelas.
  • Pueden ser usadas solas o de manera interrelacionada para promover una evaluación mas comprensible.

Concepto de inhabilitación

Modelo antiguo

Modelo nuevo

 

Definiciones

  • En el Contexto de las Condiciones de Salud:

Deficiencia es una pérdida o anormalidad de la estructura corporal o de una función psicológica o fisiológica.

Una Actividad es la naturaleza y extensión del funcionamiento a nivel de la persona. Las Actividades pueden estar limitadas en naturaleza, duración y calidad.

Participación es la naturaleza y extensión de un compromiso de la persona en las situaciones de la vida en relación a las Deficiencias, Actividades, condiciones de salud y factores del Contexto. La participación puede estar restringida en naturaleza, duración y calidad

Deficiencias (función y estructura) (D)

  • Deficiencia es una pérdida o anormalidad de la estructura corporal o de una función psicológica o fisiológica
  • anormalidad está siendo usado estrictamente para referir a una variación significante de la norma medida en una población
  • Las Funciones incluyen los sentidos humanos básicos tales como visión y audición

Actividades/Limitación de la actividad (A)

Una Actividad es la naturaleza y extensión del funcionamiento a nivel de la persona. Las actividades pueden estar limitadas en naturaleza, duración y calidad.

La dimensión de la Actividad (A) trata con las actividades de la persona asociada con su vida diaria, v.g. las actividades integradas esperadas de una persona en el desempeño en tareas diarias. El código A brinda un perfil del funcionamiento o desempeño de un individuo en términos de actividades que van desde las simples hasta las complejas (v.g. caminar, comprar, desempeñar un trabajo).

La dimensión de actividad (A)

  • trata con el "desempeño" actual (ejecución de una tarea o actividad) de un individuo;
  • no se refiere a la aptitud o potencial que una persona podría realizar.

El aspecto clave es la "objetivización" - la actual limitación o desempeño como se ha observado o medido como una realidad en la vida diaria.

Participación/ restricción de la participación (P)

Participación es la naturaleza y extensión del compromiso en las situaciones de vida de una persona en relación a las Deficiencias, Actividades, condiciones de salud y factores contextuales. La participación puede estar restringida en la naturaleza, duración y calidad.

La dimensión de Participación (P)

  • trata con fenómenos sociales.
  • representa las consecuencias de las condiciones de salud al nivel de la sociedad en términos de
  • participación en varios campos,
  • el grado de participación de la persona y
  • la respuesta de la sociedad en facilitar u obstruir esa participación.
  • incluye los factores ambientales - físicos, sociales y la actitud del mundo.

Ejemplos de Relaciones entre D, A y P

  • Deficiencias que no conducen a limitación de la actividad o problema de participación
  • un niño nace con ausencia de una uña del dedo es una deficiencia de estructura pero no interfiere con las funciones de la mano del niño o en las actividades que el niño realiza con sus manos, entonces aquí no hay discapacidad
  • Deficiencias que no conducen a limitación de la actividad pero si a un problema de participación
  • Un individuo diabético tiene una deficiencia de función; el páncreas no funciona y no produce insulina. La diabetes juvenil puede ser controlada con medicación (v.g. insulina). Cuando el nivel de insulina está bajo control, no hay discapacidades asociadas con la deficiencia. Sin embargo, el niño con diabetes juvenil experimenta un problema de participación cuando el o ella no puede comer azúcar o participar en comidas sociales por igual.
  • Deficiencias que conducen a limitación de la actividad y -dependiendo de las circunstancias- a problemas o no de participación
  • - un niño con inteligencia subnormal podría experimentar pequeñas desventajas en circunstancias rurales remotas y con un arreglo simple las tareas necesarias pueden ser llevadas a cabo. Este niño podría ser parte integral en la vida de esa comunidad. Un niño similar que crece en una zona urbana como hijo de padres con grado universitario podría experimentar restricción en la participación en situaciones sociales sofisticadas y en una atmósfera de altas expectativas escolares.
  • Deficiencias específicas que no conducen a limitación de la actividad pero pueden causar problemas en la participación
  • - el individuo que se ha recuperado de un episodio psicótico agudo y que soporta el "estigma" de ser un "paciente mental" y así le es denegado el empleo y la aceptación social
  • Diferentes deficiencias y limitación de la actividad que conducen a similares problemas de participación
  • Ejemplos de la vida laboral
  • Sospecha de deficiencias que conducen a restricciones en participación sin limitación en la actividad:
  • Una persona ha tenido que estar trabajando con quienes tienen SIDA.
  • - Esta persona es además saludable pero debe someterse a periódicos análisis para VIH. Esta persona no experimenta limitaciones de la actividad. Pero la gente que conoce a esta persona socialmente sospecha que puede haber adquirido el virus y lo evita.
  • - Esto conduce a prominentes restricciones en la participación social.

Discapacidad en el Acto para los Americanos con Discapacidad

  • "impedimiento físico o mental que limite en forma sustancial uno o más de las actividades mayores de la vida"
  • [en inglés] "physical or mental impairment that substantially limits one or more of the major life activities"

Definición práctica en el ADA

  • Actividades funcionales:
    • viendo, escuchando, hablando, levantando y portando cosas, utilizando escaleras, y caminando
  • Actividades para la vida diaria (ADL)
    • - moviendose dentro la casa, entrando o saliendo de una cama o silla, bañandose, vistiendose, comiendo, y haciendo sus necesidades
  • Actividades instrumentales para la vida diaria (IADL)
    • saliendo de la casa, manteniendo cuentas, preparando comidas, haciendo limpieza casera liviana, y utilizando el teléfono

Prevención

  • - la adopción de medidas encaminadas a impedir que se produzca un deterioro físico, intelectual, psiquiátrico o sensorial (prevención primaria)
  • - a impedir que ese deterioro cause una discapacidad o limitación funcional permanente (prevención secundaria)

Pregunta: ¿Debe enfocarse la prevención?

Rehabilitación

  • - proceso encaminado a lograr que las personas con discapacidad estén en condiciones de alcanzar y mantener un estado funcional óptimo desde el punto de vista físico, sensorial, intelectual, psíquico o social, de manera que cuenten con medios para modificar su propia vida y ser más independientes.

Logro de la igualdad de oportunidades

  • - proceso mediante el cual los diversos sistemas de la sociedad, el entorno físico, los servicios, las actividades, la información y la documentación se ponen a disposición de todos
  • las necesidades de cada persona tienen igual importancia
  • todos los recursos garantizan que todas las personas tengan las mismas oportunidades de participación

Algunas implicaciones

  • Si hay igualdad, no hay diferencias
  • Si hay diferencias, no hay igualdad
  • Distinguir entre oportunidad y resultado
  • Examinar sistemas relativos al individuo

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Sesión 3. Exploración de las Normas II.

Presentación de las Normas, Parte III - Medidas de Ejecución

Se trata del la Parte III sobre las medidas de implementación. De una manera, el texto describe como se deben utilizar los instrumentos públicos y privados para forzar el cambio. Se revisan todos los artículos, uno por uno, con discusión sobre como los utilizan en cada país.


La tercera sesión comienza la exploración detallada de las Normas. Vocabulario

  • Discapacidad y minusvalía
  • Prevención
  • Rehabilitación
  • Logro de la igualdad de oportunidades

Discapacidad y minusvalía

  • Discutíamos ayer y en la mañana

Prevención

la adopción de medidas encaminadas a impedir que se produzca un deterioro físico, intelectual, psiquiátrico o sensorial (prevención primaria)

  • a impedir que ese deterioro cause una discapacidad o limitación funcional permanente (prevención secundaria)

Pregunta: ¿Debe enfocarse la prevención?

Rehabilitación

proceso encaminado a lograr que las personas con discapacidad estén en condiciones de alcanzar y mantener un estado funcional óptimo desde el punto de vista físico, sensorial, intelectual, psíquico o social, de manera que cuenten con medios para modificar su propia vida y ser más independientes.

Logro de la igualdad de oportunidades

proceso mediante el cual los diversos sistemas de la sociedad, el entorno físico, los servicios, las actividades, la información y la documentación se ponen a disposición de todos

  • las necesidades de cada persona tienen igual importancia
  • todos los recursos garantizan que todas las personas tengan las mismas oportunidades de participación

Algunas implicaciones

  • Si hay igualdad, no hay diferencias
  • Si hay diferencias, no hay igualdad
  • Distinguir entre oportunidad y resultado
  • Examinar sistemas relativos al individuo

III. MEDIDAS DE EJECUCIóN

  • Describe los instrumentos que existen para implementar a las normas
  • Se reflejan tambien bajo los temas sustantivos
  • En algunos casos son más precisos, pero su relación con los instrumentos de derechos humanos es menos directo
  • Son presentadas en 10 artículos

Propósito De la Pa rte III

  • Discutir los instrumentos básicos a aplicar
  • Más facil supervisar
  • Indicadores14:33: si existen o no
  • edibles
  • Hay que vigilar la calidad

III. MEDIDAS DE EJECUCIóN

  • Artículo 13. Información e investigación
  • Artículo 14. Cuestiones normativas y de planificación
  • Artículo 15. Legislación
  • Artículo 16. Política económica
  • Artículo 17. Coordinación de los trabajos

III. MEDIDAS DE EJECUCIóN

  • Artículo 18. Organizaciones de personas con discapacidad
  • Artículo 19. Capacitación del personal

Artículo 20. Supervisión y evaluación a nivel nacional de los programas sobre discapacidad en lo relativo a la aplicación de las Normas Uniformes

  • Artículo 21. Cooperación técnica y económica
  • Artículo 22. Cooperación internacional

Artículo 13. Información e investigación

reunir y difundir información acerca de las condiciones de vida de las personas con discapacidad y fomentar la amplia investigación de todos los aspectos

  • estadisticas
  • investigación
  • intercambiar y difundir la información

Artículo 13. Información e investigación(estadisticas)

reunir periódicamente estadísticas, desglosadas por sexo, y otras informaciones acerca de las condiciones de vida de las personas con discapacidad en censos nacionales y las encuestas por hogares

establecer una base de datos que incluya estadísticas sobre los servicios y programas disponibles y sobre los distintos grupos de personas con discapacidad

  • deben elaborar y adoptar terminología y criterios para llevar a cabo encuestas nacionales

Artículo 13. Información e investigación (investigaciones)

iniciar y fomentar programas de investigación sobre las cuestiones sociales, económicas y de participación que influyan en la vida de las personas con discapacidad y de sus familias

  • las causas, los tipos y la frecuencia de la discapacidad,
  • la disponibilidad y eficacia de los programas existentes, y
  • la necesidad de desarrollar y evaluar los servicios y las medidas de apoyo

Estadisticamente hablando: Edad y actividad

Artículo 13. Información e investigación (información)

  • deben apoyar el intercambio de experiencias y conclusiones derivadas de las investigaciones

adoptar medidas para difundir información y conocimientos en materia de discapacidad a todas las instancias políticas y administrativas a nivel nacional, regional y local

Resultados de una investigación

Artículo 14. Cuestiones normativas y de planificación

  • políticas adecuadas en el plano nacional
  • deben incorporarse las necesidades y los intereses en los planes de desarrollo general en lugar de tratarse por separado
  • facilitar a las comunidades locales la elaboración de programas y medidas para las personas con discapacidad
  • preparar manuales o listas de verificación,
  • proporcionar programas de capacitación para el personal local

exhortarse a los encargados de prestar servicios, organizar actividades o suministrar información en la sociedad a que hay acceso a esos servicios

Artículo 15. Legislación

  • enunciar los derechos y deberes de las personas con discapacidad

adoptar medidas legislativas para eliminar las condiciones que pudieran afectar adversamente a la vida de las personas con discapacidad, entre otras, el acoso y la victimización

eliminarse toda disposición discriminatoria contra personas con discapacidad y establecer sanciones apropiadas y posiblamente establecer mecanismos reglamentarios oficiales para la presentación de demandas

Artículo 15. Legislación (especial)

  • La legislación especial para las personas con discapacidad puede establecerse de diversas formas:

a) Promulgando leyes por separado que se refieran exclusivamente a las cuestiones relativas a la discapacidad;

b) Incluyendo las cuestiones relativas a la discapacidad en leyes sobre determinados temas;

c) Mencionando concretamente a las personas con discapacidad en los textos que sirvan para interpretar las disposiciones legislativas vigentes.

Artículo 16. Política económica

incluir las cuestiones relacionadas con la discapacidad en los presupuestos ordinarios de todos los órganos de gobierno a nivel nacional, regional y local

  • actuar de consuno para determinar la forma más eficaz de apoyar proyectos y medidas

aplicar medidas económicas como préstamos, exenciones fiscales, subsidios con fines específicos y fondos especiales, para estimular y apoyar la participación en la sociedad de las personas con discapacidad en un pie de igualdad

  • establecer un fondo de desarrollo para cuestiones relacionadas con la discapacidad

Artículo 17. Coordinación de los trabajos

establecer comités nacionales de coordinación o entidades análogas que centralicen a nivel nacional las cuestiones relacionadas con la discapacidad

  • debe tener carácter permanente y basarse en normas jurídicas y en un reglamento administrativo apropiado
  • a una combinación de representantes de organizaciones públicas y privadas
  • las organizaciones de personas con discapacidad deben ejercer una influencia apreciable
  • contar con la autonomía y los recursos suficientes para el desempeño de sus funciones

Artículo 18. Organizaciones de personas con discapacidad

Los Estados deben reconocer el derecho de las organizaciones de personas con discapacidad a representar a esas personas en los planos nacional, regional y local. Los Estados deben reconocer también el papel consultivo de las organizaciones de personas con discapacidad en lo que se refiere a la adopción de decisiones sobre cuestiones relativas a la discapacidad.

Artículo 18. Organizaciones de personas con discapacidad

  • promover y apoyar económicamente y por otros medios la creación y el fortalecimiento de organizaciones

mantener una comunicación permanente con las organizaciones y asegurar su participación en la elaboración de las políticas oficiales

  • tener representación permanente en el comité nacional de coordinación o en entidades análogas
  • potenciar el papel de las organizaciones locales de personas con discapacidad

Artículo 18. Organizaciones de personas con discapacidad

  • El papel de las organizaciones de personas con discapacidad puede consistir en
  • determinar necesidades y prioridades,

participar en la planificación, ejecución y evaluación de servicios y medidas relacionados con la vida de las personas con discapacidad,

  • contribuir a sensibilizar al público y a preconizar los cambios apropiados.

Artículo 18. Organizaciones de personas con discapacidad

  • En su condición de instrumentos de autoayuda, proporcionan y promueven
  • oportunidades para el desarrollo de aptitudes en diversas esferas,
  • el apoyo mutuo entre sus miembros y
  • el intercambio de información.
  • En su función consultiva
  • ostentando una representación permanente en los órganos directivos de los organismos financiados por el gobierno
  • formando parte de comisiones

Artículo 19. Capacitación del personal

velar por que todas las autoridades que presten servicios en la esfera de la discapacidad proporcionen formación adecuada a su personal

reflejarse debidamente el principio de la plena participación e igualdad en la formación de profesionales en la esfera de la discapacidad

oficiales de organizaciones de personas con discapacidad pueden participar como profesores, instructores o asesores en programas de formación del personal

  • formación de trabajadores de la comunidad

Artículo 20. Supervisión y evaluación a nivel nacional

evaluar periódica y sistemáticamente los programas nacionales en la esfera de la discapacidad y difundir tanto las bases como los resultados de esas evaluaciones

  • debe comenzar en la fase de planificación
  • deben elaborarse en estrecha cooperación con las organizaciones de personas con discapacidad
  • elaborar y adoptar terminología y criterios sobre la evaluación de servicios y programas
  • participar en la cooperación internacional encaminada a elaborar normas comunes

Artículo 21. Cooperación técnica y económica

  • Para los países donadores y organismos internacionales de desarrollo

Las medidas encaminadas a lograr la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad deben incorporarse en los programas de desarrollo general

  • integrarse en todas las formas de cooperación técnica y económica, bilateral y multilateral, gubernamental y no gubernamental
  • prestarse especial atención a los efectos de esos programas para la situación de las personas con discapacidad
  • participación de a las personas con discapacidad y a sus organizaciones

Artículo 21. Cooperación técnica y económica (prioridades)

El desarrollo de los recursos humanos mediante el perfeccionamiento de los conocimientos, las aptitudes, y las posibilidades de las personas con discapacidad y la iniciación de actividades generadoras de empleo para esas personas.

  • El desarrollo y la difusión de tecnologías y conocimientos técnicos apropiados en relación con la discapacidad.
  • apoyen el establecimiento y el fortalecimiento de las organizaciones de personas con discapacidad.

Artículo 22. Cooperación internacional

  • participar en la elaboración de una política relativa a la discapacidad en el sistema de las Naciones Unidas

incorporar las cuestiones relativas a la discapacidad en las negociaciones de orden general sobre normas, intercambio de información y programas de desarrollo

  • deben fomentar y apoyar el intercambio de conocimientos y experiencias
  • las Naciones Unidas incluyan en su labor a las organizaciones mundiales y regionales de personas con discapacidad

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Sesión 4. Presentación de las Normas,
Parte I - Requisitos para la Igualdad de Participación

La sesión 4 explora las acciones básicas en diferentes ramos para asentar los bases para la igualdad. Va artículo por artículo y en cada uno pregunta acerca de la situación real en cada país o localidad.


I. REQUISITOS PARA LA IGUALDAD DE PARTICIPACIóN

  • Artículo 1. Mayor toma de conciencia
  • Artículo 2. Atención médica
  • Artículo 3. Rehabilitación
  • Artículo 4. Servicios de apoyo

Artículo 1. Mayor toma de conciencia

  • Información
  • Corriente principal de la Educación
  • Curriculo
  • Capacitación de maestros
  • Promoción
  • Concientización
  • Educación especial para niños con discapacidad

Artículo 1. Mayor toma de conciencia

  • información actualizada en forma accesible acerca de los programas y servicios disponibles
  • apoyar campañas informativas
  • los medios de comunicación presenten una imagen positiva de las personas con discapacidad
  • consultar a las organizaciones de las personas con discapacidad

Artículo 1. Mayor toma de conciencia (bis)

  • programas de educación pública reflejen el principio de la plena participación e igualdad

las personas con discapacidad y a sus familias, y sus organizaciones interesadas, a participar en programas de educación pública

Artículo 1. Mayor toma de conciencia (bis)

alentar a las empresas del sector privado a que incluyan en todos los aspectos de sus actividades las cuestiones relativas a la discapacidad

  • programas encaminados a hacer que las personas con discapacidad cobren mayor conciencia de sus derechos y posibilidades

Artículo 1. Mayor toma de conciencia (bis)

  • promoción de una mayor toma de conciencia
  • como parte importante la educación de los niños con discapacidad y de los programas de rehabilitación

como parte integrante la educación de todos los niños y de los cursos de formación de maestros y de la capacitación de todos los profesionales

Articulo 1: Realidad

Articulo 1: Realidad (bis)

Artículo 2. Atención médica

  • Los Estados deben asegurar la prestación de atención médica eficaz a las personas con discapacidad.
  • Nota: Es un derecho garantizado a todos por el Convenio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Artículo 2. Atención médica

programas dirigidos por equipos multidisciplinarios de profesionales para la detección precoz, la evaluación y el tratamiento de las deficiencias

asegurar la plena participación de las personas con discapacidad y de sus familias en el plano individual y de las organizaciones de personas con discapacidad a nivel de la planificación y evaluación

  • reciban atención médica de igual calidad y dentro del mismo sistema que los demás miembros de la sociedad
  • reciban regularmente el tratamiento y los medicamentos que necesiten para mantener o aumentar su capacidad funcional.

Artículo 2. Atención médica (capacitación)

  • a los trabajadores comunitarios locales
  • todo el personal médico y paramédico
  • para prestar asistencia médica
  • prestar asesoramiento apropiado a los padres a fin de no limitar las opciones de que disponen sus hijos

Artículo 2. Atención médica (otra)

  • todo el personal médico y paramédico
  • esté equipado
  • y tenga acceso a tecnologías y métodos de tratamiento pertinentes

Artículo 2: Realidad

Artículo 3. Rehabilitación (Meta)

Los Estados deben asegurar la prestación de servicios de rehabilitación para las personas con discapacidad a fin de que logren alcanzar y mantener un nivel óptimo de autonomía y movilidad

  • Pregunta: ¿Que es un nivel óptimo?

Artículo 3. Rehabilitación (programas nacionales)

programas nacionales de rehabilitación para todos los grupos de personas con discapacidad y acceso para todas las personas que la requieran y con una amplia gama de actividades

  • la capacitación básica destinada a mejorar el ejercicio de una función afectada o a compensar dicha función,
  • el asesoramiento a las personas con discapacidad y a sus familias,
  • el fomento de la autonomía y
  • la prestación de servicios ocasionales como evaluación y orientación

Artículo 3. Rehabilitación (programas locales)

  • Los servicios de rehabilitación deben establecerse en la comunidad local en la que viva la persona con discapacidad.

En algunos casos, pueden organizarse cursos especiales de rehabilitación a domicilio, de duración limitada, si se estima que esa es la forma más apropiada para alcanzar una determinada meta de capacitación.

Artículo 3. Rehabilitación (participación)

  • Participación de las personas con discapacidad
  • en la concepción y organización de los servicios de rehabilitación que les conciernan.
  • directamente en la rehabilitación, por ejemplo, como profesores experimentados, instructores o asesores

valerse de la experiencia adquirida por las organizaciones de las personas con discapacidad cuando formulen o evalúen programas de rehabilitación

Artículo 3: Realidad

  • Programas nacionales
  • Programas locales
  • Participación

Artículo 4. Servicios de apoyo

Los Estados deben velar por el establecimiento y la prestación de servicios de apoyo a las personas con discapacidad, incluidos los recursos auxiliares, a fin de ayudarles a aumentar su nivel de autonomía en la vida cotidiana y a ejercer sus derechos.

los Estados deben proporcionar equipo y recursos auxiliares, asistencia personal y servicios de intérprete según las necesidades de las personas con discapacidad

¡Ojo!

  • No es un derecho garantizado en los Convenios...
  • Parte muy dificil para un Estado

Artículo 4. Servicios de apoyo (equipo)

  • apoyar el desarrollo, la fabricación, la distribución y los servicios de reparación del equipo y los recursos auxiliares
  • aplicar tecnologías mas altas, pero mas sencillas a menos costosos

todas las personas con discapacidad que necesiten equipo o recursos auxiliares deben tener acceso a ellos , incluida la capacidad financiera

deben considerar las necesidades especiales de las niñas y los niños con discapacidad por lo que se refiere al diseño y a la durabilidad de los dispositivos auxiliares y el equipo

Artículo 4. Servicios de apoyo (asistencia personal )

  • apoyar la elaboración y la disponibilidad de programas de asistencia personal y de servicios de interpretación

deben concebirse de forma que las personas con discapacidad que los utilicen ejerzan una influencia decisiva en la manera de ejecutar dichos programas

Artículo 4: Realidad

  • Provisión de equipo
  • Provisión de asistencia personal

Resumen: Parte I

  • ¿Que es, realmente, la responsibilidad del Estado?
  • ¿La responsibilidad de la familia?
  • ¿De la comunidad?
  • ¿De las organizaciones de personas con discapacidad?

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Sesión 5. Exploración de las Normas III.

Presentación del contenido de las Normas, Parte II - Esferas Previstas para la Igualdad de Participación

Las políticas más especificas se encuentra en el Parte II de las Normas. La meta aqui es ver como, en esferas especificas, se han asentado políticas y programas. De nuevo, se va artículo por artículo aunque para los últimos artículos, que son repetitivos, se pueden pasar rapidamente.


II. ESFERAS PREVISTAS PARA LA IGUALDAD DE PARTICIPACION

  • Artículo 9. Vida en familia e integridad personal
  • Artículo 10. Cultura
  • Artículo 11. Actividades recreativas y deportivas
  • Artículo 12. Religión

¿De que se trata la Parte II?

  • Lo que debe hacer la sociedad en el entorno fisico
  • ajuste al medio ambiente

Artículo 5. Posibilidades de acceso

  • los Estados deben
  • a) establecer programas de acción para que el entorno físico sea accesible y
  • b) adoptar medidas para garantizar el acceso a la información y la comunicación.

Entorno físico: las normas y directrices

elaborar normas y directrices y en estudiar la posibilidad de promulgar leyes que aseguren el acceso a diferentes sectores de la sociedad,

  • a las viviendas,
  • los edificios,
  • los servicios de transporte público y otros medios de transporte,
  • las calles y otros lugares al aire libre
  • Las medidas para asegurar el acceso se incluirán desde el principio en el diseño y la construcción del entorno físico

Entorno físico: información

información adecuada sobre la política en materia de discapacidad y las medidas encaminadas a asegurar el acceso para los arquitectos, los técnicos de la construcción y otros profesionales que participen en el diseño y la construcción del entorno físico

Entorno físico: Participación de organizaciones de personas con discapacidad

Debe consultarse a las organizaciones de personas con discapacidad cuando se elaboren normas y disposiciones para asegurar el acceso.

Dichas organizaciones deben asimismo participar en el plano local, desde la etapa de planificación inicial, cuando se diseñen los proyectos de obras públicas, a fin de garantizar al máximo las posibilidades de acceso.

La información y la comunicación por el gobierno

acceso en todas las etapas a una información completa sobre el diagnóstico, los derechos y los servicios y programas disponibles en forma que resulte accesible.

  • elaborar estrategias para que los servicios de información y documentación sean accesibles
  • deben utilizarse el sistema Braille, grabaciones en cinta, tipos de imprenta grandes y otras tecnologías apropiadas.
  • deben utilizarse tecnologías apropiadas para proporcionar acceso a la información oral a las personas con deficiencias auditivas o dificultades de comprensión.

El lenguaje de señas

Se debe considerar la utilización del lenguaje por señas en la educación de los niños sordos, así como en sus familias y comunidades.

deben prestarse servicios de interpretación del lenguaje por señas para facilitar la comunicación entre las personas sordas y las demás personas.

  • Deben tenerse en cuenta asimismo las necesidades de las personas con otras discapacidades de comunicación.

La información en el sector privado

estimular a los medios de información, en especial a la televisión, la radio y los periódicos, a que hagan accesibles sus servicios.

velar por que los nuevos sistemas de servicios y de datos informatizados que se ofrezcan al público en general sean desde un comienzo accesibles a las personas con discapacidad, o se adapten para hacerlos accesibles a ellas.

Participación

Debe consultarse a las organizaciones de personas con discapacidad cuando se elaboren medidas encaminadas a proporcionar a esas personas acceso a los servicios de información

Artículo 5: Realidad

  • Entorno físico: normas
  • Entorno físico: información
  • Información y comunicación
  • Lenguaje de señas
  • Medios de comunicación
  • Participación

Artículo 6. Educación

Los Estados deben reconocer el principio de la igualdad de oportunidades de educación en los niveles primario, secundario y superior para los niños, los jóvenes y los adultos con discapacidad en entornos integrados, y deben velar por que la educación de las personas con discapacidad constituya una parte integrante del sistema de enseñanza.

Concepto

  • Integración (entrando en la corriente principal)
  • Educación especial solo como mecanismo de integración

Artículo 6. Educación (integrada)

La educación de las personas con discapacidad debe constituir parte integrante de la planificación nacional de la enseñanza, la elaboración de planes de estudio y la organización escolar

  • requiere la prestación de
  • servicios de interpretación,
  • otros servicios de apoyo apropiados.
  • y condiciones adecuadas de acceso

Artículo 6. Educación (integrada) bis

Para que las disposiciones sobre instrucción de personas con discapacidad puedan integrarse en el sistema de enseñanza general, los Estados deben:

a) Contar con una política claramente formulada, comprendida y aceptada en las escuelas y por la comunidad en general;

b) Permitir que los planes de estudio sean flexibles y adaptables y que sea posible añadirles distintos elementos según sea necesario;

c) Proporcionar materiales didácticos de calidad y prever la formación constante de personal docente y de apoyo.

Artículo 6. Educación (comunitaria)

Los programas de educación integrada basados en la comunidad deben considerarse como un complemento útil para facilitar a las personas con discapacidad una formación y una educación económicamente viables.

Los programas nacionales de base comunitaria deben utilizarse para promover entre las comunidades la utilización y ampliación de sus recursos a fin de proporcionar educación local a las personas con discapacidad.

Artículo 6. Educación (especial)

cabría analizar la posibilidad de establecer la enseñanza especial, cuyo objetivo sería preparar a los estudiantes para que se educaran en el sistema de enseñanza general

  • debe guiarse por las mismas normas y aspiraciones que las aplicables a la enseñanza general y vincularse estrechamente con ésta

se debe asignar a los estudiantes con discapacidad el mismo porcentaje de recursos para la instrucción que el que se asigna a los estudiantes sin discapacidad

Artículo 6. Educación (especial: sordos)

Debido a las necesidades particulares de comunicación de las personas sordas y de las sordas y ciegas, tal vez sea más oportuno que se les imparta instrucción en escuelas para personas con esos problemas o en aulas y secciones especiales de las escuelas de instrucción general.

Al principio sobre todo, habría que cuidar especialmente de que la instrucción tuviera en cuenta las diferencias culturales a fin de que las personas sordas o sordas y ciegas lograran una comunicación real y la máxima autonomía.

Artículo 7. Empleo

Los Estados deben reconocer el principio de que las personas con discapacidad deben estar facultadas para ejercer sus derechos humanos, en particular en materia de empleo. Tanto en las zonas rurales como en las urbanas debe haber igualdad de oportunidades para obtener un empleo productivo y remunerado en el mercado de trabajo.

  • Tambien esta incluido en el Convenio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Artículo 7. Empleo

Las disposiciones legislativas y reglamentarias del sector laboral no deben discriminar contra las personas con discapacidad ni interponer obstáculos a su empleo

  • ¿Cuales son algunas ejemplos?

Artículo 7. Empleo (acción positiva)

  • Los Estados deben apoyar activamente la integración de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo.
  • la capacitación profesional, los planes de cuotas basadas en incentivos, el empleo reservado, préstamos o subvenciones para empresas pequeñas, contratos de exclusividad o derechos de producción prioritarios, exenciones fiscales, supervisión de contratos u otro tipo de asistencia técnica y financiera para las empresas que empleen a trabajadores con discapacidad.
  • estimular también a los empleadores a que hagan ajustes razonables para dar cabida a personas con discapacidad.

Artículo 7. Empleo (programas específicos)

  • Los programas de medidas estatales deben incluir:

a) Medidas para diseñar y adaptar los lugares y locales de trabajo de forma que resulten accesibles a las personas que tengan diversos tipos de discapacidad;

b) Apoyo a la utilización de nuevas tecnologías y al desarrollo y la producción de recursos, instrumentos y equipos auxiliares, y medidas para facilitar el acceso de las personas con discapacidad a esos medios;

c) Prestación de servicios apropiados de formación y colocación y de apoyo como, por ejemplo, asistencia personal y servicios de interpretación.

Artículo 7. Empleo (Estado como empleador)

En su calidad de empleadores, los Estados deben crear condiciones favorables para el empleo de personas con discapacidad en el sector público.

Artículo 7. Empleo (comunicación)

Los Estados deben iniciar y apoyar campañas para sensibilizar al público con miras a lograr que se superen las actitudes negativas y los prejuicios que afecten a los trabajadores aquejados de discapacidad.

  • Pregunta: ¿cuales serian algunos ejemplos?

Artículo 7. Empleo (sector privado)

Los Estados, las organizaciones de trabajadores y los empleadores deben cooperar para asegurar condiciones equitativas en materia de

  • políticas de contratación y ascenso,
  • condiciones de empleo,
  • tasas de remuneración,
  • medidas encaminadas a mejorar el ambiente laboral a fin de prevenir lesiones y deterioro de la salud, y
  • medidas para la rehabilitación de los empleados que hayan sufrido lesiones en accidentes laborales.

medidas para incluir a personas con discapacidad en los programas de formación y empleo en el sector privado y en el sector no estructurado

Artículo 7. Empleo (Sector privado)

  • en todas las medidas encaminadas a crear oportunidades de formación y empleo, en particular,
  • el horario flexible,
  • la jornada parcial,
  • la posibilidad de compartir un puesto,
  • el empleo por cuenta propia, y
  • el cuidado de asistentes para las personas con discapacidad.

Artículo 7. Empleo (especial)

El objetivo debe ser siempre que las personas con discapacidad obtengan empleo en el mercado de trabajo abierto. En el caso de las personas con discapacidad cuyas necesidades no puedan atenderse en esa forma, cabe la opción de crear pequeñas dependencias con empleos protegidos o reservados.

Artículo 7. Realidad

  • Normas anti-discriminatorias
  • Acción positiva
  • Programas especiales
  • Sector privado

Artículo 8. Mantenimiento de los ingresos y seguridad social

  • Concepto central:

Los Estados son responsables de las prestaciones de seguridad social y mantenimiento del ingreso para las personas con discapacidad.

  • ¿Es un derecho garantizado por los Convenios?

Artículo 8. Mantenimiento de los ingresos

  • velar por asegurar la prestación de apoyo adecuado en materia de ingresos a las personas con discapacidad

deben velar por que la prestación de apoyo tenga en cuenta los gastos en que suelen incurrir las personas con discapacidad, y sus familias, como consecuencia de su discapacidad

Los subsidios de apoyo a los ingresos deben mantenerse mientras persistan las condiciones de discapacidad, de manera que no resulten un desincentivo para que las personas con discapacidad busquen empleo

Artículo 8. Mantenimiento de los ingresos (seguridad social)

velar por que un sistema de seguridad social, de seguros sociales u otro plan de bienestar social para la población en general no excluya a las personas con discapacidad ni discrimine contra ellas

  • prever incentivos para restablecer la capacidad para generar ingresos de las personas con discapacidad.
  • proporcionar formación profesional o contribuir a su organización, desarrollo y financiación.
  • facilitar servicios de colocación
  • proporcionar también incentivos para que las personas con discapacidad busquen empleo

Artículo 8. Mantenimiento de los ingresos (seguridad social)

En países donde el sector privado sea el principal proveedor de la seguridad social, los Estados deben promover entre las comunidades locales, las organizaciones de bienestar social y las familias el establecimiento de medidas de autoayuda e incentivos para el empleo de personas con discapacidad o para que esas personas realicen actividades relacionadas con el empleo

Artículo 8. Mantenimiento de los ingresos(cuidadores)

Los Estados deben velar asimismo por que las personas que se dediquen a cuidar a una persona con discapacidad tengan un ingreso asegurado o gocen de la protección de la seguridad social.

En Inglaterra los cuidadores son un parte grande de la población

Programas en Suecia

Artículo 8: Realidad

  • Politicas de mantenimiento de los ingresos
  • Programas especiales por la seguridad social
  • Programas de autoayuda
  • Politicas para cuidadores

Artículo 9. Vida en familia e integridad personal

Los Estados deben promover la plena participación de las personas con discapacidad en la vida en familia. Deben promover su derecho a la integridad personal y velar por que la legislación no establezca discriminaciones contra las personas con discapacidad en lo que se refiere a las relaciones sexuales, el matrimonio y la procreación

  • ¿Que significa?

Artículo 9. Vida en familia

  • Las personas con discapacidad deben estar en condiciones de vivir con sus familias.

Los Estados deben estimular la inclusión en la orientación familiar de módulos apropiados relativos a la discapacidad y a sus efectos para la vida en familia.

A las familias en que haya una persona con discapacidad se les deben facilitar servicios de cuidados temporales o de atención a domicilio.

Los Estados deben eliminar todos los obstáculos innecesarios que se opongan a las personas que deseen cuidar o adoptar a un niño o a un adulto con discapacidad

Artículo 9. Integridad personal

Las personas con discapacidad no deben ser privadas de la oportunidad de experimentar su sexualidad, tener relaciones sexuales o tener hijos.

Teniendo en cuenta que las personas con discapacidad pueden tropezar con dificultades para casarse y para fundar una familia, los Estados deben promover el establecimiento de servicios de orientación apropiados.

Las personas con discapacidad deben tener el mismo acceso que las demás a los métodos de planificación de la familia, así como a información accesible sobre el funcionamiento sexual de su cuerpo.

Artículo 9. Integridad personal

  • Proveer información acerca de las precauciones que se deben tomar contra el abuso sexual y otras formas de maltrato
  • se les eduque sobre la manera de evitarlo para que puedan reconocer cuándo han sido víctimas de él y notificar dichos casos

Artículo 10. Cultura

  • las personas con discapacidad tengan oportunidad de utilizar su capacidad creadora, artística e intelectual
  • promover el acceso a los lugares en que se realicen actos culturales o en que se presten servicios culturales
  • medios técnicos especiales para que la literatura, las películas cinematográficas y el teatro sean accesibles

Artículo 11. Actividades recreativas y deportivas

iniciar medidas para que los lugares donde se llevan a cabo actividades recreativas y deportivas, los hoteles, las playas, los estadios deportivos y los gimnasios sean accesibles

Las autoridades turísticas, las agencias de viaje, los hoteles, las organizaciones voluntarias y otras entidades deben ofrecer sus servicios a todo el mundo

Artículo 11. Actividades recreativas y deportivas

  • alentarse a las organizaciones deportivas a que fomenten las oportunidades de participación
  • precisarán arreglos especiales o juegos especiales
  • acceso a una instrucción y un entrenamiento de la misma calidad que los demás participantes

Artículo 12. Religión

  • promover la adopción de medidas para eliminar la discriminación y para que las actividades religiosas sean accesibles

la distribución de información sobre cuestiones relacionadas con la discapacidad entre las organizaciones e instituciones religiosas

  • alentar la adopción de medidas para que las personas con deficiencias sensoriales tengan acceso a la literatura religiosa

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Sesión 6. Taller sobre las Normas: Dos a tres grupos para discutir la realidad de las normas en los paises.

Resultado: lista de las normas mas importantes.

Esta sesión se basa en trabajo en grupos. Se pide que cada grupo, con un máximo de 15 participantes, elija entre todos los artículos los cinco que deben recibir prioridad. Se explica que la prioridad debe darsela a los artículos que, si fueron implementados, tendran efectos multiplicadores. Quiere decir que una acción que provoca por si sola otras acciones debe recibir una prioridad más alta.

Los grupos discuten los artículos y despues presentan sus conclusiones, indicando el porque la selección de los cinco artículos mas importantes para el grupo y presentando un objetivo medible sobre la implementación de cada artículo.

En Santo Domingo, el resultado fue:


Articulo 1. Mayor toma de conciencia

Toda la población o al menos el 100% de esta debe conocer en 5 años qué es una persona con discapacidad, saber los tipos de discapacidad y conocer la identificación internacional.

Mejorar la imagen de las personas con discapacidad por medio de la sensibilización, a la sociedad en general/la población con discapacidad sobre e nuevo paradigma de la vida independiente que las capacidades de las personas con discapacidad, utilizando campañas publicitarios en medios radiales, televisivos y escritos, talleres y seminarios y otros medios disponibles.

Artículo 2. Atención médica

Elaborar las políticas y planes de prevención, atención y programas para las personas con discapcidad integrados al Sistema de Salud

Establecer los indices de acceso a la salud integral contemplando la calidad de servicios, la especialidad del mismo (la atención en sus comunidades bajo el principio de a vida independiente y la equidad entre los géneros,) mejorando en un 60% en los próximos tres años.

Artículo 6. Educación

Incluir como materia la "educación especial" en todas las materias de la educación normal hast los catedráticos universitarios (poner como condición para dar clases en cualquier nivel que hayan tomado educación especial)

Mejorar los indices de educación en un 60% en los próximos tres años de la person con discapacidad (contemplando la igualdad de genero), en la educación primaria, secundaria, vocacional y universitaria integrado por medio de la inclusión de la perspectiva de persons con discapacidad en los curiculos de estudio, de la preparación de docentes y accesibilidad a los centros educativos

Definir políticas y planes tendente a la educación escolar de las personas con discapacidad integrarandolas al sistema educativo nacional.

Artículo 7. Empleo

Aumentar el indice de empleo en la población con discapacidad en un 60% equipando oportunidades entre el hombre y la mujer con discapacidad en los proximos tres años.

Que el Gobierno haya colocado al 100% de la población con limitaciones "preparadas" (capacitada) integrada en un trabajo.

Artículo 15. Legislación

El poder legislativo de los países por lo menos en 5 años hayan revisado e incluido artículo por artículo las Normas Uniformes en sus leyes y reglamentos (para que haya sanciones).

Crear y fortalecer las leyes tendentes a lograr la integración social de las personas con discapacidad (sancionando a los que no las cumplen.

Después se define la tarea de elaborar una estrategia para los articulos prioritarios. En Santo Domingo, la tarea fue presentado así:

  • Para cada uno de los artículos:

Preparar el ezbozo de un plan de acción para lograr el objetivo.

Especificar los indicadores empíricos que medirán sí y como se ha logrado el objetivo.

  • Preparar una presentación para la tarde...

Próximos pasos

  • Refinar los trabajos de grupo durante el almuerzo
  • Entregar un sumario para agregar a la presentación
  • Hacer una presentación breve de los resultados al principio de la tarde
  • Durante la tarde elaborar un plan de seguimiento del seminario

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Sesión 7. Presentación de los posibles indicadores y discusión

En esta sesión se hacen presentaciones de los resultados de los trabajos en grupo para definir los artículos prioritarios y discuten como se puede medir el exito o fracaso de la implementación.

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Sesión 8. Taller sobre indicadores

Se vuelve a trabajo en grupos para definir indicadores de la implementación de las normas mas importantes como definido el dia anterior.

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Sesión 9. Introducción a la defensa de derechos

La sesión abarca las técnicas de la defensa de derechos que se pueden aplicar para la implementación de las normas. Siendo que la mayoría de los lideres ya conocen tecnicas, el objetivo de la sesión es de refinarlas.


Introducción a la defensa de los derechos de la persona con discapacidad

Acciones que se deben tomar

  • Aprender acerca de las Normas Uniformes
  • Ubicar el ministerio o departamento del gobierno encargado de la implementación
  • Hablen con los funcionarios
  • Compartir la información
  • Colectar información
  • Coordinación
  • Comunicación

Aprender acerca de las Normas

  • Familiarezense con su contenido
  • Discuta con colegas que tenga mas experiencia
  • Consulten con expertos en documentos legales

Ubicar el ministerio encargado

  • ¿Quien es el punto focal en el gobierno para las Normas Uniformes?
  • Coordina esfuerzos
  • Prepara los informes
  • ¿Cuales otros ministerios o departamentos tiene que ver con la discapacidad?

Hablen con los funcionarios

  • Pregunten que han hecho acerca de las Normas Uniformes
  • Hacer sugerencias para mejoramientos en las politicas y los programas del gobierno

Compartan la información

  • Pidanles a los departamentos apropriados que convoquen reuniones regularmente
  • Reunan a las organizaciones de las personas con discapacidad a menudo para vigilar el proceso

Colecten información

  • en la legislación y políticas en discapacidad
  • presenten un ejercicio de supervisión dentro de sus organizaciones

Coordinación

  • Trabajen con otras organizaciones de discapacitados
  • Trabajen con organizaciones con intereses semejantes (de la tercera edad, de mujeres)

Medios de comunicación

  • Usen los medios de comunicación cada vez que puedan
  • Hacer publicidad sobre el tema de la discapacidad
  • Hacer que el mensaje sea captado

El relator especial

  • Su función es vigilar la implementación global de las Normas
  • Si tienen un problema en particular o exitos expeciales, envienle la información al reportero

Sepan de lo que Uds. estan hablando

  • Usen las normas uniformes como una base para sus discusiones o argumentos para
  • tener mejores servicios y
  • mejoramiento para la legislación

Trabajen a todos los niveles

  • Aparte de hablar con los gobiernos es tambien necesario conformar las normas a
  • las autoridades locales y
  • comunidades

¿Como pueden influenciar a los Gobiernos?

  • Hablar con los funcionarios que informan y asesoran a las autoridades
  • Seguir los canales de comunicaciones con las autoridades
  • Organizar reuniones con los oficiales
  • Trabajar con otras organizaciones de discapacitados

¡Pero!

  • No podemos tener una implementación completa con una o dos reuniones con el gobierno.
  • La implementación total y efectiva solamente obtendremos con una serie de dialogos y discusiones de políticas y prácticas
  • Unas sugerencias son:

Acción

  • Hagan que se hablan del tema de la discapacidad
  • Mencionen los abusos de los derechos humanos
  • De ejemplos de la buena causa
  • Involucrar a la comunidad
  • Mencionen las ventajas para todos en el cambio

Más acción

  • Ganen el apoyo de la prensa y otros grupos
  • Poner presión en sus representantes políticos par el seguimiento de las Normas
  • Produzcan buena publicidad de sus organizaciones de personas con discapacidad
  • Muestran los resultados como las personas con discapacidad son eficientes como miembros participantes en la comunidad

Aún más acción

  • Desarrollan un ambiente de compromisos, entusiasmo y solidaridad entre sus compañeros
  • Trabajen con otras organizaciones y comparten sus experiencias y habilidades

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Sesión 10. Presentación de las estrategias de los talleres

Esta sesión consiste en informes por parte de los grupos de trabajo sobre las estrategias que se han desarrolladas para asegurar la implementación de los artículod de mas alta prioridad. Debe enfatisarse la practicabilidad de las estrategias en terminos de sus pasos especificos.

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Sesión 11. Discusión y acuerdo sobre un plan de acción para la región

Como resultado del seminario los participantes se deben acordar con un plan de acción para el seguimiento. El plan acordado en Santo Domingo contiene los siguientes puntos:

Plan de Acción
de Seguimiento de las Normas Uniformes

Nosotros, representantes de organizaciones de personas con discapacidad de América Central y el Caribe de habla Español, reunidos en Santo Domingo del 14 al 17 de abril de 1998 hemos acordado sobre este Plan de Acción de Seguimiento de las Normas Uniformes.

I. Trabajo conjunto

Hay que continuar con el compromiso de seguir luchando porque se implementen las normas en cada uno de nuestros países.

II. Mejores comunicaciones:

Seguir intercambiando información constante por medio de la nueva tecnología electrónica

III. Provisión de información sobre el estado de cumplimiento de las Normas Uniformes:

Elaborar informes nacionales por lo menos una vez al año parra prsesentarlo a nivel internacional el día 3 de diciembre.

Que el informe cubra todos los artículos dandole prioridad a los 5 identificados en el Seminario.

IV. Organizar seminarios de capacitación, diagnóstico y planeación a nivel nacional, por lo menos uno en cada país, antes del 3 de diciembre.

V. Comite Coordinador y Secretaría

Establecerlos y mantener una estrecha colaboración con la experta

VI. Implementación de las Normas

Implementa los cinco artículos prioritarios acordados en el seminario.

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