Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad
Resolución Aprobada por la Asamblea General,
Cuadragésimo octavo periodo de sessiones, de 20 de diciembre de 1993.
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INTRODUCCION
- Antecedentes y necesidades actuales
- Medidas internacionales anteriores
- Hacia la formulación de normas uniformes
- Finalidad y contenido de las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para
las personas con discapacidad
- Conceptos fundamentales de la política relativa a la discapacidad
PREAMBULO
I. REQUISITOS PARA LA IGUALDAD DE PARTICIPACION
- Artículo 1. Mayor toma de conciencia
- Artículo 2. Atención médica
- Artículo 3. Rehabilitación
- Artículo 4. Servicios de apoyo
II. ESFERAS PREVISTAS PARA LA IGUALDAD DE PARTICIPACION
- Artículo 5. Posibilidades de acceso
- Artículo 6. Educación
- Artículo 7. Empleo
- Artículo 8. Mantenimiento de los ingresos y seguridad social
- Artículo 9. Vida en familia e integridad personal
- Artículo 10. Cultura
- Artículo 11. Actividades recreativas y deportivas
- Artículo 12. Religión
III. MEDIDAS DE EJECUCION
- Artículo 13. Información e investigación
- Artículo 14. Cuestiones normativas y de planificación
- Artículo 15. Legislación
- Artículo 16. Política económica
- Artículo 17. Coordinación de los trabajos
- Artículo 18. Organizaciones de personas con discapacidad
- Artículo 19. Capacitación de personal
- Artículo 20. Supervisión y evaluación a nivel nacional de los programas sobre
discapacidad en lo relativo a la aplicación de las Normas Uniformes
- Artículo 21. Cooperación económica y técnica
- Artículo 22. Cooperación internacional
IV. MECANISMO DE SUPERVISION

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