PROGRAMA DE DECLARACIÓN DE LA SITUACIÓN FINANCIERA

Foto del boletín del Secretario General relativo a la declaración de la situación financiera y declaración de intereses.
Boletín del Secretario General relativo a la declaración de la situación financiera y declaración de intereses. (SG/SGB/2006/6).

El propósito principal del programa es gestionar el riesgo derivado de conflictos de intereses, y está encaminado en determinar, resolver y mitigar las situaciones de conflicto de interés derivadas del patrimonio de los funcionarios (por ejemplo, haberes, inversiones) y/o de sus actividades. La adopción de mejoras prácticas en lo que concierne a la transparencia y divulgación, tanto por parte de gobiernos como del sector privado, contribuye a aumentar la confianza del público. De hecho, la difusión de información financiera es ya una práctica bien establecida tanto en instituciones bancarias y financieras, como por parte de gobiernos y otras organizaciones de los ámbitos público y privado.

Nosotros, como funcionariado de la ONU, debemos evitar situaciones en las que nos beneficiemos personalmente, o permitamos que otros se beneficien, de las decisiones que tomamos en nombre de la Organización. Algo especialmente importante en temas financieros. Como miembros del personal de la Organización, e independientemente de si participamos o no en el Programa de declaración de la situación financiera, debemos abstenernos de administrar o mantener intereses financieros en cualquier negocio si el individuo o el negocio relacionado podrían beneficiarse de dicha asociación. Si cree que este puede ser el caso, la Oficina de Ética puede ayudarle a determinar si existe un posible caso de conflicto de interés financiero.

Según el Programa de declaración de la situación financiera, los funcionarios que hayan sido seleccionados, en función de sus roles y responsabilidades, deben completar un documento confidencial anual de declaración de sus activos, obligaciones financieras, actividades externas y afiliaciones de ellos mismos, sus cónyuges e hijos dependientes.

¿Quién está obligado a declarar?

¿Qué declarar?

¿Cómo presentar una declaración?

Dicha declaración puede llevar a que revisores externos aconsejen al funcionario que liquiden sus acciones o inversiones, o que se retiren de una actividad o particular aspecto de sus funciones oficiales.


PROCESO DE VERIFICACIÓN

Todos los años se selecciona al azar un porcentaje reducido del número total de participantes en el Programa de declaración de la situación financiera a los efectos de verificación, además del proceso regular de examen. Los seleccionados al azar deben suministrar documentación de terceros respecto a todos los rubros que hayan declarado. Se piden esos documentos adicionales a fin de verificar el carácter exacto y completo de la declaración de los participantes. El objeto de la verificación es velar por que los funcionarios actúen con la debida diligencia al completar sus declaraciones de la situación financiera.

DECLARACIÓN PÚBLICA VOLUNTARIA

Desde 2007 tanto el Secretario General como el Secretario General Adjunto han hecho públicas sus declaraciones de la situación financiera examinadas con arreglo al Programa de declaración de la situación financiera. Si bien la declaración pública no es un requisito del Programa, el Secretario General ha alentado a sus principales funcionarios de categoría de Secretario General Adjunto y Subsecretario General para que sigan su ejemplo y hagan públicas voluntariamente sus declaraciones confidenciales relativas a la situación financiera.

El Secretario General considera que la divulgación pública constituye una importante iniciativa voluntaria, ya que asegura al público en general y a los Estados Miembros que los funcionarios de las Naciones Unidas no se verán influenciados en el desempeño de sus funciones oficiales por ninguna consideración vinculada a sus intereses de carácter privado.

En la sección «Divulgación financiera» del sitio web del Secretario General hay enlaces a las declaraciones presentadas por los altos funcionarios de las Naciones Unidas que han aceptado participar en la iniciativa de divulgación pública voluntaria.

Para cualquier pregunta, contáctenos.

REQUISITOS DE DECLARACIÓN FINANCIERA PARA EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA GENERAL

De conformidad con la resolución 70/305 de la Asamblea General, la Oficina de Ética facilita la presentación de las declaraciones financieras del Presidente de la Asamblea General. Se requiere que el Presidente de la Asamblea General proporcione declaraciones financieras una vez que asuma y complete sus funciones, de acuerdo con el programa de declaración financiera de las Naciones Unidas.