Discurso inaugural del Excelentísimo señor Miguel D'Escoto Brockmann, Presidente de la Asamblea General de las Naciones Unidas, ante el Dialogo Temático oficioso de la Asamblea General sobre la responsabilidad de proteger
Salón del Consejo de Administración Fiduciaria de las
Naciones Unidas
Nueva York, 23 de julio de 2009
Excelentísimos señores,
Distinguidos integrantes de la mesa redonda celebrada esta mañana,
Sr. Edward Luck, Asesor Especial del Secretario General sobre la responsabilidad de proteger,
Representantes del sistema de las Naciones Unidas,
Amigos todos:
Demasiadas veces ha permanecido el mundo silencioso e inmóvil ante graves violaciones de los más fundamentales sentimientos de la humanidad. Esta inmovilidad dio lugar a situaciones vergonzosas como el Holocausto, los campos de aniquilación del Khmer Rouge o las masacres en Rwanda y la ex Yugoslavia, por mencionar tan solo algunos ejemplos. Después de tanto sufrimiento, finalmente hay acuerdo generalizado en que la comunidad internacional no puede seguir guardando silencio ante el genocidio, la limpieza étnica, los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad. Esto es un gran avance. En este mismo momento hay demasiados lugares en que la violencia está causando numerosas muertes y sufrimientos. Como es lógico, todos pensamos que deberíamos hacer algo.
No obstante, lo que es debatible es cuál es la mejor forma de responder a esa necesidad de manera previsible, sostenible y efectiva, sin condiciones previas ni dobles raseros que, en última instancia, harían que las Naciones Unidas perdieran credibilidad. Espero que este debate contribuya a ese fin.
En primer lugar y fundamentalmente, para afrontar esta grave amenaza, no deben comprometerse valores fundamentales consagrados en la Carta de las Naciones Unidas y en el derecho internacional, como los principios de soberanía y no intervención. El debilitamiento de esos principios equivaldría a socavar el sistema internacional creado después de las trágicas experiencias que dieron lugar a la Segunda Guerra Mundial.
No obstante, ello no quiere decir que las Naciones Unidas deban permanecer indiferentes ante el destino de los más débiles, que son los que tienen más probabilidades de quedar expuestos a violaciones y privaciones de gran escala.
No dudo que quienes han creado y propuesto el concepto de la responsabilidad de proteger tienen las mejores intenciones y tratan de ser prudentes, realistas y sensatos cuando propugnan su aplicación y desarrollo progresivos. Además, entiendo y comparto su sentimiento de urgencia. Y comparto su compromiso de reforzar las Naciones Unidas como la última y mejor esperanza de preservar nuestra humanidad común y nuestra madre Tierra. Aunque personalmente tengo opiniones muy firmes, respeto y elogio la labor que están haciendo para obligar a nuestra comunidad mundial a afrontar los fracasos del pasado y reflexionar a fondo sobre lo que es necesario hacer para evitar que se repitan en el futuro.
Creo que el tema merece considerarse seriamente porque afecta a las obligaciones morales fundamentales que tenemos respecto de nuestros congéneres. La doctrina de la responsabilidad de proteger pide que haya solidaridad en la búsqueda de la justicia, y trata de poner límites a lo que los Estados-nación pueden hacer a sus propios ciudadanos. Es una doctrina que desafía a todos los que formamos parte de la comunidad internacional a que valoremos en toda su extensión nuestros avances morales. No sólo nos obliga a declarar quiénes seríamos, sino también a mirar con sinceridad a quiénes somos hoy día.
Así pues, ¿por qué tantos de nosotros dudamos en asumir esta doctrina y sus aspiraciones? Ciertamente no es por indiferencia ante las dificultades de tantos cuantos sufren y cuantos pueden sufrir a manos de sus propios gobiernos. Recientes y dolorosas memorias relacionadas con el legado del colonialismo dan a los países en desarrollo razones fundadas para temer que motivos dignos de elogio puedan acabar siendo manipulados, una vez más, para justificar intervenciones arbitrarias y selectivas contra los Estados más débiles. Debemos tener en cuenta la falta de confianza que existe entre la mayoría de los países en desarrollo cuando se recurre al uso de la fuerza por razones humanitarias.
Para afrontar el problema de la confianza, debemos tratar de encontrar formas de impedir que sucedan esas crisis, no sólo resolviéndolas cuando se producen sino más bien atacando las causas de fondo. Con mucha frecuencia esas causas conllevan el subdesarrollo y la exclusión social. Por tanto, debe prestarse atención al examen del verdadero potencial de las medidas preventivas de las Naciones Unidas.
En lugar de comenzar a hablar sobre una larga lista de temas, quiero subrayar cuatro cuestiones fundamentales que, al menos en mi opinión, deben determinar si nosotros y nuestro sistema de seguridad colectiva están preparados para comenzar a poner en práctica la responsabilidad de proteger, y cuándo ha llegado el momento de hacerlo.
La primera cuestión es: ¿Son aplicables las reglas en principio, y es probable que se apliquen en la práctica por igual a todas las naciones-Estados o, teniendo en cuenta la naturaleza de las cosas, es más probable que el principio se aplique únicamente por parte de los fuertes contra los débiles? De hecho, en el sistema actual, el que tenemos más que el que queremos, las normas no son aplicables de igual manera en principio, y por tanto no se aplican por igual. Con arreglo a las normas actuales, algunos Estados, a veces un único Estado, aplica normas o se beneficia de tratados que están sancionados por el derecho, pero no se someten a ellos. Por ejemplo, el Consejo de Seguridad no puede recurrir a la Corte Penal Internacional, hasta que todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas, o al menos todos los miembros del Consejo de Seguridad, sean parte en el Estatuto de la Corte. Lo que es más, la aplicación del derecho de veto asegura que la doctrina no pueda aplicarse a los miembros permanentes del Consejo de Seguridad. No puede ser legítimo un sistema de justicia que, tal y como está diseñado, permite que los principios de justicia se apliquen de manera diferente.
Una segunda cuestión fundamental es: ¿Con la aprobación del principio de la responsabilidad de proteger será más probable que, en la práctica de la seguridad colectiva, se promueva o se socave el respeto del derecho internacional? En la medida en que el principio se aplique de manera selectiva, es decir, se aplica en los casos en que la opinión pública de los cinco Estados Miembros permanentes apoyan la intervención, como Darfur, y no se aplica cuando se oponen, como en Gaza, socavará el derecho internacional.
Dada la magnitud en la que algunas grandes potencias han evitado recientemente las limitaciones de la Carta a la hora de recurrir al uso de la fuerza, y se han salido de sus límites para denigrar el derecho internacional cuando éste era un impedimento para las políticas y la justicia nacionales, hay pocas razones para dudar de que el respaldo de la responsabilidad de proteger por la Asamblea General de lugar a nuevas "coaliciones de voluntad", cruzadas como la intervención en el Iraq dirigida por salvadores autodesignados que se arrogaron el derecho a intervenir con impunidad amparándose en la impunidad de un Estado-nación.
Una tercera cuestión fundamental es: ¿Es necesaria la doctrina de la responsabilidad de proteger y, a la inversa, garantiza que los Estados intervendrán para prevenir otra Rwanda? En este caso, la lamentable realidad es que la ausencia de la doctrina no fue lo que impidió que la comunidad internacional actuara en Rwanda; podíamos haber actuado y nuestras acciones habrían sido totalmente legítimas y ajustadas a la Carta, pero decidimos no hacerlo. Es fundamental reconocer asimismo que, si quienes proponen la doctrina de la responsabilidad de proteger tienen razón al alegar que se trata de una doctrina permisiva, y no obligatoria, no puede obligar a actuar cuando la comunidad internacional considere claramente que es necesario. Esta situación no es deseable, pero es un hecho que no resuelve en modo alguno el concepto de la responsabilidad de proteger.
El caso del Iraq plantea una cuarta cuestión fundamental sobre la adecuación de nuestro sistema actual de seguridad colectiva: ¿contamos con capacidad para exigir la rendición de cuentas de quienes puedan abusar del derecho que la responsabilidad de proteger da a los Estados-nación a recurrir al uso de la fuerza contra otros Estados? La capacidad de examinar y exigir responsabilidades a quienes infrinjan el derecho internacional o abusen de sus derechos legítimos es esencial para el funcionamiento de cualquier sistema legal. Nosotros los nicaragüenses tenemos una experiencia amplia y ambigua al respecto. Cuando denunciamos las acciones paramilitares organizadas, financiadas y dirigidas por los Estados Unidos contra Nicaragua ante la Corte Mundial a mediados de la década de los 80, la Corte sorprendió a muchos cuando dictaminó en favor de Nicaragua. Pero la verdadera prueba llegó a la hora de ejecutar la decisión. Transcurridos casi 25 años de la emisión del dictamen, las acciones declaradas ilegales nunca cesaron ni se pagó jamás indemnización alguna. Sería conveniente insistir en que las naciones cumplan las obligaciones que les incumben con arreglo al derecho vigente antes de permitirles ignorar o incumplir nuevas obligaciones legales.
Por todo ello, me pregunto si estamos preparados para la responsabilidad de proteger. Es y debe seguir siendo un importante objetivo al que debemos aspirar. Todos debemos estar dispuestos a apoyar la adopción de medidas colectivas no solo para preservar la paz internacional sino para asegurar un nivel mínimo de seguridad en todas sus dimensiones, incluida, en especial en estos momentos, la dimensión económica.
Hay muchas formas de mejorar nuestro sistema de seguridad colectiva. Y muchas formas de demostrar nuestra solidaridad y nuestra preocupación por todos nuestros congéneres.
Comencemos por arreglar nuestro malogrado sistema de seguridad colectiva y demostremos, en primer lugar mostrando generosidad y flexibilidad a la hora de recomponer nuestro sistema y nuestra malograda arquitectura económica mundial, que estamos verdaderamente preparados para construir un mundo mejor.
Las Naciones Unidas disponen de sobra de los instrumentos institucionales necesarios para afrontar esos problemas. Sin embargo, limitaciones políticas les han impedido hacer uso de ellos en toda su capacidad para promover una verdadera seguridad humana.
Espero que este diálogo contribuya a lograr un entendimiento común de las medidas urgentes que es preciso adoptar para afrontar esos problemas.
La mesa redonda de hoy tienen como finalidad abrir el debate y ayudarnos en esta importante tarea. La responsabilidad de proteger es una cuestión demasiado importante para dejarla a especialistas limitados y a quienes la han convertido en una profesión o en un trabajo. Y con este criterio se ha elegido a los integrantes de la mesa. Es para mí un placer y un honor presentarles a cada uno de los miembros de la mesa redonda.
El Profesor Jean Bricmont es un teórico de la Física, filósofo de la ciencia y profesor de la Universidad Católica de Lovaina, en Bélgica. Trabaja en los temas del grupo de renormalización y de las ecuaciones diferenciales no lineales, lo cual le ha permitido resolver numerosas concepciones erróneas. Se concentrará principalmente en la cuestión de una respuesta oportuna y decisiva.
El Profesor Noam Chomsky es especialista en lingüística, lo que le proporciona una facultad sin igual para detectar estos fenómenos. En sus libros ha analizado intervenciones de este tipo con un rigor impecable. Se describe a sí mismo como un socialista libertario y es reconocido universalmente como uno de los principales intelectuales del mundo.
El Profesor Gareth Evans tampoco es un especialista limitado. Entre sus numerosos logros y cargos cabe mencionar que fue presidente y director ejecutivo del International Crisis Group desde el año 2000 hasta hace poco, y ha escrito ampliamente sobre el tema de la responsabilidad de proteger. Fue copresidente de la Comisión Internacional sobre intervención y soberanía del Estado (2000-2001), iniciadora del concepto de la responsabilidad de proteger, y ha dirigido el movimiento encaminado a su aprobación y aplicación a nivel mundial.
Y Ngugi wa Thiong es uno de los grandes escritores de África, que ha defendido con pasión los derechos humanos en su obra y ha sufrido personalmente por esta razón. Asimismo, ha recogido con una sátira irónica la intervención política y económica llevada a cabo en los países en desarrollo, entre otros por las instituciones de Bretton Woods.
Para resumir, contamos hoy con un grupo muy distinguido de gran capacidad intelectual y esperamos con interés la celebración de un fructífero debate.
Gracias.